2 de Enero del año 2012
Ing. Teófilo de la Torre Arguello-Presidente Ejecutivo Instituto Costarricense de Electricidad
Lic. María del Rocío Aguilar Montoya-Contralora General de la República
Dr. Dennis Meléndez Howell-Regulador General-ARESEP.
Envía: Lic. Elías José Lizano Jarquín-Ex – Miembro Junta Directiva del ICE
Apreciados: Don Teófilo de la Torre, Señora Aguilar Montoya, Señor Meléndez Howell:
Agrego con mucho respeto tres aspectos más, a los temas registrados en mi carta del pasado 6 de Diciembre que mucho agradezco fueran recibidos. Reitero, mi enorme interés de que Costa Rica siga recibiendo los beneficios de una empresa pública como el ICE, y que su gestión se base en la modernidad constante.
LA LEY Y EL REGLAMENTO DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Y EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL
DE ACTIVIDAD ORDINARIA
La Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento (Nº 7494-24-04-95/ reformada Nº 8511-16-05-06) estructuran el mecanismo legal por el cual el Estado puede hacer adquisiciones de activos y servicios personales. La Constitución Política que nos rige, también garantiza la existencia de Bienes de Propiedad Pública Colectiva, lo que se registra en el Artículo 121, inciso 14 de la Constitución Política, incluyendo “Las Aguas de Dominio Público”.
Con la emisión de la Ley 258 (14-08-41), se continuó la REGULACIÓN para otorgar concesiones de agua para la producción de energía eléctrica en Costa Rica. La Ley de Aguas Nº 276 del 27-08-42, es otro dispositivo jurídico que amparó legalmente el aprovechamiento y conservación del agua como BIEN DEMANIAL, dando al MINAET, la competencia para autorizar las concesiones de esas aguas, excepto cuando se trata de usarlas para producir energía hidroeléctrica. Esta última capacidad le fue dada al SNE hoy ARESEP, pero la Ley Orgánica de esta última Entidad, contiene problemas de constitucionalidad que pasamos a explicar.
La Ley 7.200 (28-09-90) permite la generación eléctrica “autónoma” paralela, declarando de interés público la compra de electricidad por parte del ICE a las Cooperativas y Empresas Privadas, que exploten esas fuerzas del agua en pequeña escala y de fuentes de energía no convencionales. Pero esta Norma Legal, mantuvo vigente la Ley 258 ( Constitución Política de 1871), la cual otorgaba concesiones de agua para la generación hidroeléctrica, con fines que después resultaron diferentes a los indicados en la Ley 7.200 o de apertura del Sub-Sector). Esta circunstancia ha mantenido a la PGR dictaminando en contra de las concesiones de explotación del agua pública hechas bajo la TUTELA de esta última Ley.
Así, la PGR en los Dictámenes 181-98 del 28-08-98, y C-445-14-12-07 consideró que: “En el Estado actual de la legislación el MINAET carece de competencia para otorgar concesiones de aprovechamiento de aguas públicas para la producción de energía eléctrica, y sólo la Asamblea Legislativa puede cambiar esa circunstancia” ––o sea reconstituir la ley 258 de la Constitución de 1871 y re-confirmar constitucionalmente la ACTIVIDAD ORDINARIA DEL ICE que le es consustancial–– para que esta utilización del Recurso Agua, tenga un MARCO NORMATIVO DE ACTUACIÓN Y RESPONSABILIDAD OPERATIVAS, ejecutables en el otorgamiento de las concesiones a los particulares y empresas privadas.
La Asesoría Jurídica de la Universidad de Costa Rica, al igual que la PGR, ha manifestado que los Artículos 3º, 13º, 20º y 21º de la Ley 7593 (Orgánica de la ARESEP), serían inconstitucionales así: 3º: No se puede declarar de interés público, cualquier acción del Estado en condición de inconstitucionalidad; 13º: El ICE no puede suscribir contratos destinados a la compra de energía eléctrica por cuanto no es su ACTIVIDAD ORDINARIA. 20º y 21º: En las condiciones actuales, el ICE no está autorizado legalmente para adquirir energía proveniente de Centrales Eléctricas en ningún porcentaje por las mismas razones de ACTIVIDAD ORDINARIA, y por cuanto la Ley de la Contratación Administrativa, es inaplicable en este caso, por cuanto no se ha dictado una Ley Marco, por la ausencia de un conjunto de responsabilidades Inherentes, y por las característica perennes y únicas de la actividad de compra y venta de electricidad.
Para la PGR, el Marco Normativo que se requiere, establecería: 1º Las condiciones bajo las cuales se explotará el agua para generar energía; 2º El Procedimiento para el otorgamiento de Concesiones; 3º Las obligaciones y derechos de la concesionaria respecto de la concesión; 4º Las Potestades de la Administración Concedente incluida la Fiscalización, Ordenamiento, Observancia del Bien Público, las Reglas Sancionatorias, Los Beneficios Económicos para los usuarios, Los Precios, Tarifas y Cánones que deben calcularse y aplicarse, La Permanencia de la Integridad Física, Económica y de Explotación del BIEN CONCEDIDO, y El Control Permanente que sobre dicho Activo debe ejercer el Estado.
Empero, por resolución del Consejo de Gobierno Nº 092 del 18-04-08, basado en los artículos 29 (f), y 136 de la Ley General de la Administración Pública, y los artículos 2 y 6 de la Ley Orgánica de la PGR, se acordó dispensar a la Administración Pública Total, del acatamiento obligatorio del dictamen C-445-2007 (14-12-07) de la PGR, con lo que se decidió, que el MINAET puede continuar otorgando concesiones para la explotación hidroeléctrica privada, sin la obediencia de esenciales disposiciones constitucionales.
Además, los Artículos 9º de la Ley 7593, y 5º de la Ley 7.200, señalan que “se regulan (…) las concesiones para la generación hidroeléctrica, pero definida esta actividad como de SERVICIO PÚBLICO (…)”. Sin embargo las concesiones se han otorgado administrativamente (como si fueran bienes en “precario”), y en ausencia de un Marco Constitucional, confirmándose la ausencia de un Ente Jurídicamente apto para ejecutar estos procedimientos.
Hay consenso en el entorno de la empresa privada costarricense (incluso de ACOPE-Asociación Costarricense de Productores de Energía), de que es requerida política y económicamente, la privatización/apertura del Sub-Sector Eléctrico Nacional, mediante la “desafectación de las Aguas de Dominio Público” del Artículo 121 (14) de la Constitución Política, y estructurar un Marco de Responsabilidad Legal como el recomendado por la PGR, a efecto de que los particulares puedan actuar en el mercado eléctrico nacional con amplitud competente.
SOBRE LOS CONTRATOS EXISTENTES DE COMPRA/VENTA DE ELECTRICIDAD
Algunos de los actuales contratos de compra/venta de electricidad ICE/PARTICULARES incluyen (o incluyeron) claúsulas no especialmente estandarizadas para la cuantificación de los precios de adquisición de la energía eléctrica (i.e. Compra de toda la Generación en GWh excedente, Existencia de Tarifas Piso, Indexaciones de Tipos de Cambio Local y Extranjero, y otros “métodos” de ajuste de precios.
Estas claúsulas de contratación fueron eliminadas cuando se emitió la Ley Orgánica de la ARESEP y se derogó el artículo 14 de la Ley 7.200, artículo que sustentaba la cuantificación del costo del KWh bajo el criterio económico del COSTO EVITADO DE INVERSIÓN Y OPERACIÓN, modelo que en nuestra opinión NUNCA fue puesto en práctica en todos sus extremos técnicos. Esta “derogación” inducida del costo evitado (Ley 7.200), estableció entonces que el método a usar sería el de SERVICIO AL COSTO.
LEGITIMADO el criterio del “SERVICIO AL COSTO” ––éste no reconoce la obtención en exceso de ingresos sobre el valor efectivo de la producción, excepto lo que se interprete del término RETRIBUCIÓN COMPETITIVA (Ley 7593)–– ARESEP lo adoptó para fijar los precios y tarifas del servicio eléctrico, sobre una base supuestamente más balanceada.
Posteriormente, la Ley 8723 (05-2009), que designó como Ente Competente solamente al MINAET para otorgar las concesiones de aprovechamiento de las “fuerzas” de la producción hidroeléctrica, dispuso también que las tarifas serían fijadas de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley 7593, es decir, Tarifas al Costo Real de producción (artículos 3 y 13 de la Ley 7593).
LOS MODELOS EFICIENTES Y ARESEP
ARESEP por razones de escala, creemos con respeto no puede verificar la realidad operativa del ICE y de los Cogeneradores; es decir, no puede “monitorear en tiempos útiles” los niveles de costos y gastos que se emplean para producir la energía eléctrica (excepto las Auditorías Externas Intermedias y Finales), así como la determinación real de las tasas de retorno de las inversiones iniciales o implementadas, y la planificación pre-operativa de los términos de desempeño de costos, ingresos y ganancias para cada uno de los operadores. Esta realidad, modifica la intención del Artículo 3º de la Ley 7593 (sumar sólo los costos para prestar el servicio, permitiendo una retribución competitiva), y del Artículo 31º también de la ley de cita, que expresa que la forma de fijar las tarifas y los precios de los servicios públicos, debe tomar en cuenta las “Estructuras Productivas Modelo”, según el conocimiento, la tecnología, las posibilidades, la actividad y el tamaño de las empresas, en un momento dado.
El Artículo 3º de la Ley 7593 señala el Costo como un Principio que determina la forma de fijar las tarifas y los precios de los servicios públicos, de manera tal que se contemplen únicamente las erogaciones necesarios para prestar el servicio, que permitan una retribución competitiva y garanticen el adecuado desarrollo de la actividad (…). En nuestra opinión, esta retribución, está referida a la Tasa de Capital que determine el mercado de capitales internacionales, o el “Costo de Oportunidad” del dinero que esté fluctuando (es decir, cualquier porcentaje mayormente ganancioso). Tenemos el criterio, de que ARESEP desconoce el nivel de las Tasas de Capital de todos los Operadores de Energía Eléctrica de Costa Rica, “como parámetro relevante en la determinación de las tarifas de los servicios, correspondiente al costo del capital invertido o tasa de retorno sobre activos que se le exige a las empresas en los mercado, y se ubica como tasa de descuento aplicable a los flujos de caja que genera un mercado eficiente, en el sentido que éste provoca rápidamente el equilibrio entre los rendimientos operativos y los Riesgos Financieros de las diferentes inversiones.
El Artículo 31º de la Ley 7593 indica que para fijar precios, tarifas y tasas de los servicios públicos, la Autoridad Reguladora tomará en cuenta las Estructuras Productivas Modelo. En nuestro criterio, las Metodologías, Modelación y Aplicación para Fines de Regulación Tarifaria de lo que se denomina “EMPRESA EFICIENTE”, o Estructuras Productivas Modelo, no las aplica el ICE ni ningún operador de energía eléctrica y de Telecomunicaciones de Costa Rica en estos tiempos ni en el pasado, y esto seguramente continuará así, en parte por cuanto ARESEP no ha exigido a todos los operadores, aplicar los esquemas de los costos marginales en sus cálculos tarifarios (y similarmente LA SUTEL en sus tarifas de interconexión de Redes en Telecomunicaciones).
“La teoría micro-económica recomienda que ante la presencia de monopolios naturales, o esquemas de competencia perfecta asimétrica (¿?) como los que se están instalando en Costa Rica … y para evitar el abuso en los precios que se fijan para el consumidor por parte de los operadores, monopólicos, oligopólicos o naturales, y asimétricos, el Estado debe fijar o “regular” el precio (…). Sin embargo, la pregunta es: ¿Cuál es el precio a fijar por el Regulador ?. Si el objetivo del Regulador es maximizar el bienestar total de la población, entendiéndose por tal como la suma del excedente útil del consumidor más la del productor, la tarifa debiera fijarse en un nivel en donde el beneficio marginal de producir una unidad más sea igual a la del costo adicional que se incurre en producirla. Esto es equivalente a fijar un precio marginal (o de costo marginal) de producción del servicio eléctrico y de las telecomunicaciones, y se llegue a lograr de esta forma, una tarificación eficiente, justa y equilibrada”. Resulta obvio que si son varias las empresas en el mercado, el Regulador escogería el menor nivel del universo de los costos marginales de todos los operadores, como resulta lógico si existe interés Estatal de fortalecer la capacidad de compra de los ciudadanos, y mayor cobertura de los servicios.
En Energía Eléctrica, el costo de la “Potencia Máxima”, y de las “Pérdidas” en transmisión/distribución”, son parte de la suma total de las erogaciones operativas del ICE cuando produce energía eléctrica, y una proporción matemática debe restarse de las facturas de venta que periódicamente le presentan los operadores autónomos y paralelos por la compra de electricidad a ellos por parte de la Entidad.
A mayor abundamiento, el tema tarifario propuesto de SERVICIO AL COSTO es disfuncional y con pocas posibilidades de concretar una mejor justicia distributiva, ya que ni el REGULADOR ni el ICE, ni la COGENERACIÓN PARALELA, basan sus precios en métodos de microeconomía, (marginalistas), que deberían remitir como complemento, a los REGULADORES OFICIALES en sus ESTADOS FINANCIEROS MENSUALES Y ANUALES (éstos últimos Externamente Auditados). Esta conjunción aplicada es una base técnica idónea para determinar periodicamente los COSTOS DE CAPITAL, COSTOS MEDIOS, COSTOS MARGINALES, GANANCIAS MARGINALES, que son factores matemáticos indispensables para señalar tarifas balanceadas que respondan al costo real utilizado en los servicios.
Naturalmente, la ARESEP debería aplicar todo su instrumental matemático, estadístico, econométrico, financiero y de cálculo prospectivo, a las bases de datos de la producción y venta física de los servicios en su condición UNITARIA (e.i. KW, MW, GW, GWH, Pérdidas de Energía, Demandas Máximas, Tránsito Telefónico, Accesos de Internet, Accesos de Telefonía Móvil, Accesos de Telefonía Fija, Tráfico de los Programas de Contenido, Contratos de Interconexión, y otros), pero fundamentalmente debería hacerlo sobre las variables y datos que emanen PRINCIPALMENTE de los estados financieros mensuales a los que nos referimos anteriormente. Si todas las técnicas de proyección matemática de ARESEP (y SUTEL), no se sustenta en los resultados contables de Costos y financieros (SOPORTADOS POR LOS DATOS PRE-PROGRAMADOS DE LAS MASAS CRITICAS MATERIALES DEL SERVICIO) y en sus variaciones mensuales, los BENEFICIOS TANGIBLES PARA PRODUCTORES Y CONSUMIDORES NO SERÍAN UN PRODUCTO SOCIALMENTE ACEPTADO.
LAS ACCIONES SOBRE LA LEGISLACIÓN DE UN MARCO GENERAL PARA EL USO DE LAS AGUAS DE DOMINIO PUBLICO
En la actualidad, existen tres Proyectos para la gestión de las Aguas de Dominio Público de los cuales se desconoce lo conclusivo: 1) Proyecto de Ley del Recurso Hídrico (Exp. 14.585); Proyecto de Ley General de Electricidad (17.495); Proyecto de ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades del Sector de Electricidad (17.496); Proyecto de Ley de Contingencia Eléctrica, y un Proyecto Alterno a la Ley de Contingencia Eléctrica, el cual toca el tema de la Actividad Ordinaria, pero no incursiona en los requisitos constitucionales, formulación social de costos y precios, tarifas, en los márgenes de las “retribuciones competitivas”, y la repetida necesidad constitucional de contar con un Ley Marco, y el uso de los métodos marginalistas.
“La Asociación Costarricense de Productores de Energía (ACOPE) manifestó que “La legislación que regulaba la adjudicación de las concesiones hídricas –la ley 258 del Servicio Nacional de Electricidad…se modificó en 1990 para permitir la generación del sector privado y volvió a modificarse en 1995…En 1996…el SNE se transformó en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos…y la ley 258 fue derogada sin considerar la necesidad de establecer un marco para seguir adjudicando las concesiones…La falta de concesiones hídricas es uno de los principales motivos para la carencia de participación privada en el sector de generación eléctrica…son al menos 140 MW los que pudiesen haberse construido, suficientes para haber mitigado o eliminado totalmente los cortes y el racionamiento que el país sufrió en el 2007…El Proyecto de ley que creará el nuevo marco se envió a la Asamblea Legislativa para una votación final… (Business News Americas, 16-02-2009).
Por otra parte, la Ley 8723, pretendería dar falsamente, carácter legal al cumplimiento de algunos artículos de la Ley 7593, para facilitar en nuestro criterio lo siguiente: a) Que el ICE está facultado hoy día para suscribir contratos de compra de energía eléctrica como parte de su ACTIVIDAD ORDINARIA; b) Que el ICE pueda hacer estas compras hasta por un 15% más (actualmente esto llevaría el porcentaje total REAL de participación del Sector Privado e Institucional en el mercado eléctrico a un nivel de casi un 48% (7.200, 7.508, más los porcentajes permitidos a las Cooperativas Eléctricas y Municipalidades), y c) Que las compras y ventas de electricidad en Costa Rica se ejecuten bajo los procedimientos especulativos (SPOT) del Mercado Eléctrico Regional, y del Mercado Centroamericano de Electricidad, dada la imposibilidad de hacerlo bajo cualquiera de los procedimientos de la Ley de la Contratación Administrativa Costarricense. Estos hechos, atenúan en nuestra opinión, la existencia del principio constitucional de “RESERVA DE LEY”.
El intento por constituir una legislación que varíe la ACTIVIDAD ORDINARIA del ICE, y modifique el artículo 121 Constitucional Inciso 14º, contempla también que existan muchas presiones sobre la Asamblea Legislativa de Costa Rica, para que el MERCADO ELÉCTRICO REGIONAL (MER), y el MERCADO ELÉCTRICO CENTROAMERICANO (MEC) se pongan en marcha, y que la Actividad del Sector Privado de la Economía externa e interna/regional en el mercado de la generación eléctrica del Itsmo, representada por La SIEPAC (Secretaría de Integración Eléctrica de América Central), el BID, y Otros, pueda hacer realidad la gestión exportadora e importadora de electricidad para y de los países de la Región Mesoamericana, con o sin la participación del ICE, sin costos y utilidades marginales, ni regulación competente.
LA ACTIVIDAD ORDINARIA INTERPRETADA POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚLICA
(…) “La actividad ordinaria de un ente u órgano de la Administración comprende aquella que éstos realicen, dentro del ámbito de su competencia, por medio de una actividad o servicio que constituye la prestación última o final que ésta efectúa de frente a sus usuarios, y cuya frecuencia, tráfico y dinamismo justifican o imponen apartarse de los procedimientos usuales del concurso. Como ejemplo de actividades ordinarias, en las distintas administraciones, podemos señalar la que se realiza en el Instituto Costarricense de Electricidad, consistente en la venta de servicios de telefonía y electricidad a los usuarios; la que efectúa el AyA, con la venta del agua potable a la población (Oficio 834-96 25-06-96 DGCA)”. En resumen:
“La Procuraduría Nacional, en el Dictamen 181-98 del 28 de Agosto de 1998, considero que: “(…) el MINAET carece de competencia para otorgar concesiones de aprovechamiento de aguas públicas para la producción de energía eléctrica, y sólo la Asamblea Legislativa puede hacerlo” (agregamos: conociendo y resolviendo el caso con un enfoque integral y sistémico, y dando como uno de los mayores resultados, la protección al demanio público y los mejores beneficios económicos para el sistema económico costarricense). “En consecuencia, la cogeneración paralela de electricidad en Costa Rica ha sido inconstitucional desde al año 1990, pero ya en mayo del año 2009, se hubo tramitado la mencionada ley 8.723 (para la concesión de aguas de Dominio Público), la cual indicaría que el MINAET es “ente competente” para otorgar concesiones y el ARESEP para señalar las tarifas” todo esto como medida parcial de resolución al problema de fondo, sea, la privatización total de la actividad en la Región Centroamericana/Mesoamericana, a través de una dinámica legislativa costarricense, altamente comprometida desde hace 5 años.
ACTIVIDAD ORDINARIA Y ALGUNOS RESULTADOS DE LA COMPRA DE ENERGIA DEL ICE A LOS COOGENERADORES
A manera de ilustración, insertamos un cuadro, con un segmento de lo que fue en un momento determinado la compra/venta de energía eléctrica por parte del ICE a los Cogeneradores. Desde luego, las cifras deben confirmarse en la Gerencia del Sub-Sector de Energía del ICE. Esta presentación, dan un horizonte explicativo de lo que pareciera fue la negociación de compra/venta de energía eléctrica entre el ICE y los Cogeneradores Paralelos y Autónomos, en un período. El ejercicio es complejo, pero la Contraloría General de la República podría dar las conclusiones totales.
FUENTE: GERENCIA SEN ICE MWh MWh COSTO DE LAS COSTO DE DIFERENCIA TIPO DE VALOR EN COSTO $ COMPRA COSTO $ VENTA
ELEMENTOS Comprado Vendido COMPRA-COLONES VENTA-COLONES COLONES CAMBIO $ U$D KWh Promedio KWh Promedio
AÑOS
1998 575.131,66 575.131,66 ₡9.463.696.769,64 ₡7.283.482.317,05 ₡2.180.214.452,59 ₡ 258,09 8.447.496,81 0,033 0,025
1999 762.194,93 769.711,78 ₡14.321.505.128,00 ₡8.935.807.485,18 ₡5.385.697.642,82 ₡ 285,03 18.895.195,74 0,038 0,023
2000 1.086.502,49 1.104.584,37 ₡23.858.741.056,80 ₡15.668.585.413,16 ₡8.190.155.643,64 ₡ 308,36 26.560.369,84 0,044 0,029
2001 1.108.838,97 1.122.658,57 ₡26.975.490.571,16 ₡19.113.064.217,04 ₡7.862.426.354,12 ₡ 341,94 22.993.584,71 0,049 0,034
2002 1.126.301,67 1.137.564,69 ₡29.929.046.987,09 ₡21.018.519.194,37 ₡8.910.527.792,72 ₡ 379,05 23.507.526,16 0,053 0,037
2003 1.088.096,72 1.095.597,11 ₡31.656.052.765,03 ₡20.493.025.594,39 ₡11.163.027.170,64 ₡ 419,01 26.641.433,79 0,058 0,038
2004 1.196.370,02 1.203.215,95 ₡39.218.233.913,19 ₡26.188.062.744,89 ₡13.030.171.168,30 ₡ 459,64 28.348.644,96 0,066 0,044
2005-Enero/Mayo 468.190,35 470.691,49 ₡19.128.426.857,20 ₡12.520.393.643,58 ₡6.608.033.213,62 ₡ 497,71 13.276.874,51 0,082 0,053
TOTALES 7.411.626,81 7.479.155,62 ₡194.551.194.048,11 ₡131.220.940.609,66 ₡63.330.253.438,45 ₡368,60 168.671.126,52 0,053 0,036
EXCEDENTES DE PRESUPUESTOS Y OTRAS CUENTAS PARA EL AÑO 2011 DEL GRUPO ICE (CGR)
CUENTAS EN MILLONES DE COLONES
COMPARATIVO
K. DE GIRO GRUPO ICE AÑO 2010
MILLONES AÑO 2006 AÑO 2007 AÑO 2008 AÑO 2009 AÑO 2010 TOTALES PROSPECCIÓN
AÑO 2011 AÑO 2012
ACTIVO CIRCULANTE 289.665 267.723 251.908 319.605 454.316 1.583.217 1.868.196
PASIVO CIRCULANTE 168.375 154.939 198.101 210.518 303.691 1.035.624 1.222.036
TOTAL DIF. CIRCULANTE 121.290 112.784 53.807 109.087 150.625 547.593 646.160
INV. TRANSITORIAS 50.940 111.900 65.200 93.766 172.879 494.685 583.728
DIF. EXCESO CIRCULANTE 70.350 884 (11.393) 15.321 (22.254) 52.908 62.431
-
CAPITAL EFECTIVO/GIRO -
Exceso Activo Circulante 121.290 112.784 198.101 210.518 303.691 946.384 1.116.733
Inversiones Transitorias 50.940 111.900 65.200 93.766 172.879 494.685 583.728
SALDO CAPITAL DE GIRO 70.350 884 132.901 116.752 130.812 451.699 533.005
DEPRECIACIÓN GRUPO ICE 135.884 143.013 168.053 225.717 261.169 933.836 1.101.926
SALDOS INVERTIDOS 150.747 233.731 431.026 466.242 536.427 1.818.173 2.145.444
Exceso Capital en Efectivo 121.290 112.784 198.101 210.518 303.691 946.384 1.116.733
Depreciación anual Aplicada 135.884 143.013 168.053 225.717 261.169 933.836 1.101.926
Saldos aplicados en Inversión (150.747) (233.731) (431.026) (466.242) (536.427) (1.818.173) (2.145.444)
Saldo Bruto Capital en Efectivo 106.427 22.066 (64.872) (30.007) 28.433 62.047 73.216
Inversiones Transitorias 50.940 111.900 65.200 93.766 172.879 494.685 583.728
Saldo Bruto Capital en Efectivo 157.367 133.966 328 63.759 201.312 556.732 656.944
SALDOS AUDITORÍA KPMG ACTIVOS PASIVOS PATRIMONIO K. EFECTIVO
K. EFECTIVO 2010 KPMG 4.502.591 1.290.349 2.908.551 193.049
K. EFECTIVO 2010 ALTERNO 4.502.591 1.290.349 2.908.551 201.312
EXCESO PRECIO AL 2010 - - - (8.263)
SUPERÁVIT LIBRE 2010 13.378
SUPERAVIT ESPECÍFICO 2010 101.384
SUPERAVIT SIN ASIGNACIÓN 2010 152.085
Saldo Neto Capital Circulante 2010 258.584
En nuestro oficio del 6 de Diciembre en curso, insertamos un cuadro en el cual se expuso que el Grupo ICE, tendría un saldo en su presupuesto operativo de casi 398 mil millones de colones, susceptible de ser disminuido para lograr menores precios o tarifas de los servicios que presta la Entidad, o bien, reducirlo para ayudar en los esfuerzos de contención del gasto en que está empeñado el Poder Ejecutivo.
En la página 2º de la carta de cita, se explicó que había necesidad de “ejecutar una conciliación entre el presupuesto y las cifras de los Estados Financieros, para desentrañar el Monto del Capital Circulante del Grupo ICE al año 2010. Usamos el término “conciliación”, comprendiéndolo como “un Procedimiento para identificar las diferencias entre dos documentos o registros elaborados con criterios distintos”. También dijimos que este análisis e identificación incluiría también el propósito de verificar cuáles de las cuentas Presupuestarias del Instituto o Empresa Principal, soportan la existencia del Capital Circulante por Fondos Propios y en qué cuantía, y si este fenómeno se repite en todos los ejercicios operativos anuales.
Pues bien, teniendo a la vista las cifras de cierre contable consolidadas del Grupo ICE desde el año 2006 al año 2010, los montos para ese mismo periodo de las inversiones transitorias, el exceso del Activo Circulante sobre el Pasivo Circulante, los datos auditados de los Activos Inmovilizados, Pasivos de Largo Plazo y Capital Social o Patrimonio, nos dimos a la tarea de intentar un prototipo de conciliación que presentamos con las mejores intenciones de orden técnico.
Para no entrar en los detalles de relaciones, sumas, restas y vinculaciones numéricas, diremos que esta conciliación preliminar desde luego, nos ofrece un saldo positivo de Capital Circulante al cierre del año 2010, de aproximadamente 259 mil millones de colones, y un saldo positivo de Capital de Efectivo (que incluye las inversiones transitorias y el saldo bruto del Origen y Aplicación de fondos), de casi 557 mil millones de colones. Extrapolando este saldo al año 2012, con un aumento de alrededor de un 5.6% anual a las cifras presupuestarias del Grupo, este saldo bruto estaría llegando casi a 657 mil millones de colones, lo que hace posible que existan ingresos ociosos o prescindibles en la Gestión, cálculos de rentabilidades erradas teniendo en cuenta el porcentaje de retorno de los capitales tomados en préstamo (en cualquiera de las formas), o que efectivamente puede haber reservas inadvertidas de dinero o voluntariamente sostenidas.
Si nuestras indagaciones llegaran a probarse por lo menos en proporción lógica, cabe entonces toda la posibilidad para que el ICE disminuya sus tarifas en los porcentajes adecuados, colocando los servicios eléctricos y de telecomunicaciones en una mejor parcela de competencia de mercado; y, por otro lado, la Entidad podría disminuir con prudencia, líneas de presupuesto como los de la Cuenta de Alta Dirección y Gestión Administrativa, viáticos al exterior, transportes por viajes al exterior, gastos por protocolos y sociales, alimentos y bebidas, publicidad, información y propaganda, servicios de profesionales en ingeniería y en ciencias económicas, servicios especiales y otras remuneraciones.
Conocemos que el Gobierno de la República emitió la Política Nacional de Sostenibilidad Fiscal, para enfrentar la actual situación fiscal. Dentro de esta política se dispusieron medidas para la contención del gasto corriente, tales como no creación de plazas nuevas ni utilización de vacantes, y la reducción de un 20% de los gastos autorizados en el Presupuesto de la República del 2011 (excluidos los rubros de remuneraciones, pensiones y servicio de la deuda y transferencias), viáticos, gastos de representación, servicios de gestión y apoyo, alimentos y bebidas y otros. Sin embargo, se exceptuó de dicha política de austeridad, a la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, Radiográfica Costarricense S.A., e Instituto Costarricense de Electricidad. Es decir, fue exento el Grupo ICE de tomar medidas de ahorro o de eficiencia en la determinación de precios de los servicios, siendo estas tres empresas tomadas en conjunto, las que mayor saldo en efectivo muestran en las líneas por lo menos de los Superávits.
Sin embargo, de todo este planteamiento, saltan muchas dudas para las que no tenemos respuestas: El Sub-Sector Eléctrico del ICE en los años 2006 y 2007, perdió 23,463 millones de colones y 35,753 millones de colones respectivamente, con ventas muy parecidas en los años 2008, 2009 y 2010, con una regresión lineal que diríamos consistente. De hecho, los aumentos del PIB en el año 2010 y el pronosticado para el 2012, están marcando una tendencia hacia un 4.6% de crecimiento. No vertimos opinión sobre los costos, en razón de que éstos se encuentran consolidados en los casos de los 2008-2009- y 2010.
Para el año 2011, La Compañía Nacional de Fuerza y Luz registra una Pérdida Bruta de (menos) 3.207.856 (miles de colones), y para Setiembre del año 2011, registra una Pérdida Neta de (menos) 910.079 miles de colones. Además, hemos puesto atención al temor que existe de que el próximo año esta empresa no pueda hacer erogaciones en inversiones.
De todo lo que hasta ahora hemos podido acumular en datos e informaciones, puede acentuarse la tesis de que el Sector de las Telecomunicaciones del ICE, estaría soportando las deficiencias de capital de efectivo en el resto del Grupo ICE, con todas las consecuencias negativas que eso puede producir.
El caso de RACSA ya fue analizado e informado a ustedes. Sabemos que el Poder Ejecutivo fijó la posición de que SI esta Sociedad Anónima del Grupo ICE no justifica sus gastos empleando su propio mercadeo y políticas de ventas (sin subsidios del ICE), y actúa sin un Plan de Negocios viable, deberá cerrar sus operaciones.
PARTES DEL VOTO 10.466 DE LA SALA CONSTITUCIONAL PARA LA CONCESIÓN, APROVECHAMIENTO Y USO DE DOMINIO PÚBLICO.
“En los términos de nuestra Constitución Política, el patrimonio nacional se conforma por los bienes definidos en los artículos 6, 50, 89, y 121 inciso 14) constitucionales; son las aguas territoriales, las costas, el espacio aéreo, la plataforma continental, el zócalo insular, los recursos y riquezas naturales del agua del suelo y del subsuelo, las bellezas naturales, el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el patrimonio histórico y artístico de la Nación, las fuerzas que pueden obtenerse de las aguas del dominio público en el territorio nacional, los yacimientos de carbón, las fuentes o yacimientos de petróleo, sustancias hidrocarburadas, depósitos de de minerales radiactivos, servicios inalámbricos, espacio electromagnético, ferrocarriles, muelles y aeropuertos que estén en servicio…estos bienes gozan de especial protección, de manera que no son susceptibles de ser apropiados por particulares y ni siquiera por la Administración Pública; ni ser destinados a fines distintos de los que determinan su propia esencia y naturaleza”.
Los Bienes de la Nación pueden ser objeto de explotación racional por el Estado o por los particulares “de acuerdo con la ley o mediante concesión especial otorgada por tiempo determinado y con arreglo a las condiciones y estipulaciones que establezca la Asamblea Legislativa” (inc. 14 del artículo 121 de la Constitución Política). La Jurisprudencia de esta Sala – sentencia 06240-93- examinó la posibilidad de que la Asamblea Legislativa acuda a la técnica, comúnmente conocida como el dictado de una ley marco, para cumplir con la exigencia de la norma constitucional (…) De acuerdo con lo que se ha venido exponiendo, la especial naturaleza del patrimonio nacional, tiene como particularidad la necesaria e indisoluble vinculación al uso público de los bienes que el concesionario –sea público o privado- destine o requiere para su desarrollo y explotación, de manera tal que éstos se entienden y definitivamente incorporados al demanio público y gozan, por tal razón, de las características propias de este régimen, de ser inembargables, imprescriptibles e inalienables. Por las implicaciones que tiene la explotación de los bienes de la Nación por los particulares, el legislador debe, a falta de autorización expresa en cada caso, elaborar una ley marco que dote al sistema del país, de garantías idóneas sobre la explotación razonable del bien de que se trata. No debe perderse de vista que la especial afectación de los bienes de la Nación tiene sentido, únicamente en tanto se garantice a todos los habitantes el derecho a una calidad de vida dentro de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. La explotación de los recursos naturales impone, con rango constitucional, un uso racional de los mismos (adecuado, planificado), para beneficio de los actuales y de los futuros habitantes del país (derechos de la tercera generación)…Los bienes del Estado se caracterizan por ser de su exclusiva titularidad y porque tienen un régimen jurídico especial; integran la unidad del Estado y junto con su organización política, económica y social, persiguen la satisfacción -en plano de igualdad- de los intereses generales; su objetivo final es alcanzar, plenamente el BIEN COMÚN. Es ésta la principal razón para justificar la existencia de un impedimento, por lo menos en principio, para la libre disposición de esta categoría de bienes”.
Me repito de ustedes atento servidor.
LIC. ELIAS JOSE LIZANO JARQUIN.- Ex-Miembro de la Junta Directiva del ICE.
Licenciado en Ciencias Económicas, Administrador de Proyectos-Contador Público 556
Correo: lizano.e@gmail.com; Teléfono fijo: 2227-3923; Móvil: 8671-4071
Vecino de Barrio Córdoba, Zapote, Cantón Central de San José, Provincia de San José.
c.c. Federación de Sindicatos del ICE (FIT)
Medios Periodísticos
ELIAS JOSE LIZANO JARQUIN
Señor/señora/ita: Conocer experiencias personales, académicas y profesionales.
viernes, 13 de enero de 2012
miércoles, 9 de noviembre de 2011
EL NEOLIBERALISMO HA SIDO FATAL PARA COSTA RICA
3 de Noviembre de 2011
PARA : Sr. Ing. Teófilo de la Torre Arguello-Pdte. Ejecutivo del ICE
Lic. María del Rocío Aguilar Montoya-Contralora General de la República.
Sindicatos del ICE ––FIT––.
DE : Lic. Elías José Lizano Jarquín-CPA 556-Administrador de Proyectos.
TEMA : Enfoque sobre nuestro contexto de privatización y “apertura” de empresas públicas propiciadas en Costa Rica a partir del año 1986.
SOBRE LAS POLÍTICAS DE APERTURA Y PRIVATIZACIÓN EN COSTA RICA
Apoyo interpretativo: Joseph E. Stigliz-Nobel de Economía. -El Malestar en la Globalización 2002. /www.puntodelectura.com.mx/ - Caída Libre - El libre mercado y el hundimiento de la Economía Mundial. 2010 /www.editorialtaurus.com.mx/-Peter Krugman-Nobel de Economía.- Ensayos Publicados en el New York Times sobre los Rescate Bancarios en EE.UU. y la U.E.
EL RETO
La Sociedad Costarricense tiene ante sí el reto de solucionar la necesidad de procurar trabajos a las nuevas generaciones (casi 600 mil en 10 años), disminuir los riesgos de desosiego social (incluida la inseguridad ciudadana, la pobreza, la indigencia), fomentar la educación técnica, financiar en serio las PYMES, aumentar la capacidad de pago de los ciudadanos, continuar reduciendo el Costo Unitario de los Servicios Públicos ––incluyendo la Electricidad, las Telecomunicaciones, el Agua Potable, Vivienda, los Puertos, Carreteras, Transportes y otros––.
Al mismo tiempo, hay que encarar con valentía y ordenadamente, la deficiencia en la captación de moneda extranjera (divisas) por el BCCR, causa principal de los déficits fiscales crónicos en el país y de los desequilibrios presupuestarios, y procurar un macro-equilibrio económico de largo plazo, guardando el ideal de contar en el futuro, con una óptima sana convivencia y disfrute efectivo de una libertad real en democracia.
El “Consenso de Washington”-Resultado político de la Presidencia de Ronald Reagan en EE.UU, y de la Primer Ministra Margareth Thatcher en el Reino Unido, que fue realmente inducido por las Corporaciones Internacionales de mayor poder económico en el Mundo, dispuso entre muchas otras variantes, la privatización y la apertura de las “empresas públicas” de los países emergentes ––incluidos sus Sistemas Financieros y Comerciales––. La suposición encarnizada que se puso en boga, fue la de que los precios y cantidades de los bienes en los “mercados” se equilibraban naturalmente, y que los seres humanos al perseguir su propio interés, favorecían el de la colectividad. Insistieron con fuerza sobre que el Estado no interviniera en este orden “platónico”, so pena de alterar la eficiencia máxima en el uso de los recursos disponibles”; incluso se puso de moda el “dicho” de un personaje norteamericano, ––Thomas Paine”–– que expresaba “que el mejor Gobierno es el que gobierna menos”.
El “libre mercado” en las dimensiones neoclásicas fue RECHAZADO por la realidad de los hechos económicos habidos desde la segunda mitad del año 2008 a esta parte (crisis inmobiliaria, crisis bancaria, muy profunda crisis de endeudamiento y concentración acelerada de la riqueza). Pero lo que si quedó claro, fue que las Corporaciones Internacionales referidas, se embolsaron enormes sumas de dinero y de activos, traducidos como rentas y beneficios de los numerosos monopolios u oligopolios de perfil privado ––incluyendo las Transnacionales de las Telecomunicaciones y la Energía Eléctrica en América Latina––.
Esta Globalización, ha conseguido que mucha de la tecnología, comercio, corriente de bienes, servicios, capital financiero y físico, conocimientos de gestión de sistemas de información, reducción de costos para la transportación de bienes, y la comunicación inter-corporativa regional y mundial, haya aumentado significativamente (incluyendo el año 2009). Por otra parte, a través de los Acuerdos de Libre Comercio, los países sub-desarrollados “eliminaron” barreras arancelarias, fuente de ingresos fiscales, lo que produjo altos ahorros financieros y rentas ventajosas, pero sólo para los países de exportaciones dominantes ––.
Instituciones Internacionales de gran peso decisorio, como la OMC-FMI-BM, las dos primeras llamadas en sus comienzos a contener los Macro-desequilibrios económicos de las naciones ––que son depositarias de valiosos recursos naturales y de muy bajo costo laboral––, se colocaron en la “creencia y/o fe ideológica”, de la “supremacía social”, del “libre mercado/libre empresa” ––tesis neoclásica––, la cual ha sido impuesta en muchos países ––Brasil, Rusia, India, China, África, Latino-América, Unión Europea––, desarraigando regulaciones e intervenciones estatales, que garantizarían mejores balances en la distribución equitativa de las Rentas del Ingreso Nacional, de los distintas pueblos (hoy día, 3.000 millones de personas viven con el equivalente a 2 U$D diarios, y 1.000 de ellas con el equivalente a 1 U$D, y la riqueza neta que genera el Planeta, está bajo el control de menos del 10% de la población mundial).
Las “teorías o creencias” citadas, introdujeron una crisis financiera mundial (2008 –– ¿?) surgida de la especulación sin límites de las subastas ––Bolsas de Valores–– de títulos valores y coberturas, y del sostenimiento de un nivel de consumo de bienes ––de los países desarrollados––, que supera la riqueza anual que generan esos países. Esta crisis, se agrandó a partir del año 2010, por lo impagable del endeudamiento de las naciones industriales ––impagable en plazos contra-actuales––. La Deuda de EE.UU. tiende a ser el 70% de su PIB, y la de Irlanda, Grecia, España, Portugal, Italia, superan el 100%, ––países en “default” Financiero––. Costa Rica tiene un endeudamiento cercano al 57% de su PIB.
Mucho antes del año 2008, EE.UU. y la U.E. ya habían desarrollado conductas perjudiciales: forzaron a los pobres a eliminar muchas de las barreras de aduana; impidieron a los países subdesarrollados exportar ciertos productos agrícolas, privándolos de una renta casi vital para su subsistencia; Se negaron a abrir la totalidad de sus mercados a los bienes de los países “emergentes”, y mantuvieron lo esencial de las cuotas de importación tradicionales, ––textiles, granos, azúcar y muchos productos agropecuarios, pero adquirieron directamente de sus propias Corporaciones Internacionales, algunos “Commodities” o materias primas que se extraen de las naciones pobres, como el Petróleo, Cobre, Acero, Aluminio, y otros––. Los países industrializados, subsidiando masivamente su Agricultura, impidieron la libre competencia de ésta con la de los países pobres, y por si fuera poco, les demandó liberalizar sus tributos aduaneros para los bienes que compran (importación) de los países desarrollados, logrando minimizar en U$D su erogación de compra, y aumentar en U$D sus ventas.
La Globalización flexibilizó y eliminó muchos controles de los mercados de capitales de América Latina, fijando las oportunas rutas al movimiento constante del dinero especulativo, dejando al arbitrio del “juego” apreciación/ depreciación, el montante de las ganancias financieras de los inversores). El nombre que identifica en nuestro país a ese flujo de divisas, sería el de Capital de Cartera.
Con los sistemas bancarios debilitados y privatizados, la Globalización se fortaleció aún más, a través de los acuerdos tomados en la Ronda Uruguay, sobre la “santidad total” de los Derechos de Propiedad Intelectual, (normas defendidas a ultranza por funcionarios, políticos y académicos en Costa Rica, antes del Referendo CAFTA-DR (10-2007). El alzamiento de los precios de las Tecnologías de Información, equipos, maquinaria, utensilios, bienes de la “High Tech.”, y artículos industriales, son una evidencia de los efectos de la Ronda Uruguay, cuna de la Organización Mundial de Comercio, o OMC, que “influye” en las estrategias del COMEX y MINISTERIO DE ECONOMÍA, en Costa Rica.
En el país, producto de las asimetrías de los intercambios comerciales, contamos con el siguiente problema. Las empresas extranjeras apoyadas por el esquema de Inversión Extranjera Directa o IED y/o incorporadas al CAFTA-DR–– (e.i. Zonas Francas y Agricultura de la Fruta) ––, han sido inequitativa en el largo plazo, ya que si se cuantificaran los saldos de los créditos y débitos en U$D que esas Corporaciones movilizan en la Cta. de Capital y/o en la Cta. Corriente de la Balanza de Pagos, se presentarían diferencias monetarias riesgosas para el país (desbalance fiscal, desbalance económico, endeudamiento indeseable). Estos supuestos perjuicios no estarían mitigados en los contratos suscritos por nuestro Gobierno con estas organizaciones.
Se conoce que las ventas de productos y servicios de empresas como INTEL, BANANERAS-DOLE-, AEGIS, BAXTER, ALLERGAN, y otras, no “Depositan” en el BCCR la totalidad de las divisas producto de sus exportaciones, pero el Sistema de Banca Nacional, SI estaría obligado a proveer todas los requerimientos de divisas que éstas empresas exigen para pagar sus costos operativos y de inventarios, más la transferencia de rentas, dividendos, bonos ejecutivos, y retornos de las inversiones. Este desbalance en moneda extranjera también sería una de las causas mayores ––unida a la de los precios del Petróleo–– de los impactos inflacionarios ocurridos desde el año 1980 ––más las graves consecuencias de la operación de las Off-Shore––, del crecimiento de la Deuda-País, y del “afán” perenne por aumentar la carga tributaria, “flexibilizando” la protección social. Es bueno recordar, que la seguridad social, es un rasgo esencial del Estado de Bienestar Costarricense.
Llegados al punto de considerar las exportaciones totales de las zonas francas como elemento de cálculo de nuestro PIB, éste sería impreciso por la diferencia que se apunta, y volvería imprecisos muchos indicadores económicos que produce el BCCR.
UN CASO RECIENTE: La Presidenta de Argentina decretó la obligación de todas las empresas de repatriar el 100% de los ingresos provenientes de la exportación de petróleo, gas natural y minería. Estas exportaciones representan el 16% del total que logra el país suramericano (La Nación, 30-10-11, Página 22-A).
DOS EXPERIENCIAS: Según denuncias presentadas en la Asamblea Legislativa recientemente, y bajo el testimonio de dos conocidos economistas costarricenses vinculados al BCCR, grupos de particulares ––manipulando la Banca Off-Shore––, evitaron pagar impuestos por cerca de 6 billones de colones en los últimos 20 años, y con esto “agravaron” la inflación monetaria. Muchas inversiones llegadas al país no pagaron impuestos, no cumplieron con los encajes bancarios, y devengaron muy altos rendimientos económicos, comparados con nuestras tasas de interés, provenientes de la Política Monetaria del BCCR.
Los países con intercambios comerciales deficientes (Costa Rica entre ellos), han debido optar siempre por adquirir Fondos de Cartera, o Legislar para la introducción de las IED y las Concesiones –– que a la larga cobran Tasas de Retorno del 14% al 18%––. Estas son Tasas diferentes a los rendimientos sostenidos que suministran los Bonos del Tesoro de los EE.UU. de cerca del 0.01%, a las Reservas en Divisas que posee el BCCR (y otros tenedores) para el sostenimiento Macroeconómico.
Colateralmente, el Presupuesto del Gobierno Central y Entes Descentralizados, acusan una SOBREESTIMACIÓN SOSTENIDA de más de 2.4 billones de colones para el año 2011, la cual es reiterada, y que se basa en la constitución de Superávits Presupuestarios y Rentas (precios unitarios) Sobreestimadas. Existe un crecimiento de la Deuda Bonificada del Gobierno Central ––más las operaciones que se libran con “Letras del Tesoro”–– que registran más de un billón de colones, hechos que sugieren poca eficacia en la aplicación de controles, y escaso cumplimiento de los objetivos de los entes y Autoridades públicas, supuestamente debido a la renuncia que los costarricenses hemos hecho de trabajar con la eficiencia debida.
La apertura/privatización de las Telecomunicaciones en nuestro país, y la eventual irrupción del mercado de subastas y privatización en la Generación Eléctrica, no escaparía a las finas estrategias corporativas para aumentar a ultranza el capital que detentan. Las empresas “tenedoras” Telefónica de España, y Telmex de México, han “pagado” casi U$D 180 millones (por 20 años de operación), como “peaje” por explotar comercialmente nuestro Espectro Radioeléctrico, y usar las Redes de Telefonía que ICE ha levantado desde 1963 a esta parte, y cuya valoración en dinero, supera infinitamente y por muchos U$D el peaje en cuestión ––representa también una suma muy inferior a las reconocidas por el mismo concepto en Centroamérica y el Caribe––. Este pago en U$D citado, no resuelven claramente, los problemas estructurales de la Cuenta Corriente de la Balanza de Pagos. Lo mismo sucedería con el Sector Eléctrico.
Así las cosas, las ventas en colones de las empresas Claro y Movistar en el futuro próximo, serán traducidas a U$D, y estos montos serán “repatriados” ––junto a los dividendos y retornos––, a las cuentas bancarias de mayor giro especulativo de sus dueños (costos de oportunidad del dinero).
Este flujo de divisas comprometerá las reservas del BCCR en el Largo Plazo, en el tanto no exista una programación de inyección y retiro de U$D, acordado entre partes. Si se continúa en la acostumbrada senda, y se suman los efectos “finales” del negocio actual de las Zonas Francas y de otras empresas extranjeras, la apertura a un mayor crédito, mejores tasas de interés, e inversiones que expandan la riqueza nacional, se verá mutilada. Obviamente el país, ––como resultados del libre mercado financiero y comercial––, estaría viviendo dificultades sociales que se podrían controlar, sólo a través de la formulación de una estrategia financiera nacional y equitativa para todos los actores.
Costa Rica debe repatriar por revisión de contratos, todos los ingresos en U$D por las exportaciones y servicios de las Zonas Francas (incluyendo todas las compañías fruteras), más las ventas de servicio de las Subsidiarias Claro y Movistar en las Telecomunicaciones, y las exportaciones de otras empresas que han sido y podrán ser financiados por la IED. Este Proyecto de Finanzas Públicas, depararía mejores oportunidades de desarrollo, y debería ser la lógica política de los Partidos Políticos que están hoy en la Asamblea Legislativa.
Pero no basta con medidas de balance en la Cuenta Corriente o de Capital de la Balanza de Pagos. El país requiere tener más responsabilidad respecto de sus ventajas comparativas. El Gas Natural, nuestras 19 cuencas (Hidroelectricidad), la Geotermia (volcanes), la industrialización Agro-Pecuaria o Vocación Agrícola Inherente, La Educación Técnica y de Gestión de Empresas Privadas y Públicas, La facilidad legal para la constitución de Consorcios Financieros, y las facilidad de nuestro mercado de lograr Economías de Escala, hacen pensar que las futuras generaciones pueden llegar a tener una mejor calidad de vida.
Empero, topamos al día de hoy con mucha desinterés por parte de áreas del personal que trabaja en las Empresas Públicas, de lograr los objetivos de sus leyes orgánicas. Cito por la proximidad que he tenido con ellas, los casos del ICE, la CCSS, AyA, INCOP, especialmente en los niveles máximos de la Dirección Subordinada y de Control Ejecutivos, hoy peligrosamente copados por la política electoral del entorno y/o intereses de concesión en el caso del Puerto de Caldera.
Es increíble que poseyendo un instrumental amplio de guías, políticas, normas, procedimientos, reglamentos, especificaciones de desempeño, y Organismos de Regulación, tales Entidades corran hoy la suerte que han venido sufriendo en el deterioro de sus patrimonios, y lo que es más grave, que sean pocas las personas interesadas en corregir esta mala evolución, y que además algunas representaciones sean proclives a las privatizaciones.
Como conozco que hay interpretaciones distintas para comparar los perfiles de los trabajadores de la empresa pública, con los de la empresa privada (resultados de las teorías clásicas), me permito transcribir lo siguiente ––Página 243, Un Nuevo Orden Mundial-Caída Libre-de Joseph E. Stiglitz––.
“La mayoría de los productores son empleados, no propietarios de las empresas (…) Visto desde la posición ventajosa de la teoría clásica, no tienen ninguna razón para maximizar los beneficios de las empresas, salvo en la medida en que los propietarios sean capaces de controlarlos (…) Además, no hay diferencias, en este sentido, entre las empresas con afán de lucro, las organizaciones que no lo tienen y las organizaciones burocráticas. Todas tienen exactamente el mismo problema para hacer que los empleados trabajen con el fin de alcanzar los objetivos de la organización. NO hay razón, a priori, para que sea más fácil (o más difícil) producir esa motivación en organizaciones orientadas a maximizar los beneficios que en organizaciones cuyos fines son otros. En una economía organizativa, la conclusión de que las organizaciones motivadas por los beneficios serán más eficientes que otras organizaciones, no se deriva de los presupuestos neo-clásicos. Si es empíricamente cierto, deben introducirse otros axiomas para dar cuenta de ello”.
Finalmente, expongo como Anexo, un contenido mínimo de las leyes, principios, normas, y procedimientos, que procuran llevar a los empleados públicos a la productividad y eficiencia, con algún control exitoso sobre las prácticas corruptas; muchas de esto señalamientos, son de acatamiento obligatorio, y otros son una plataforma para la innovación constante. En este caso, las Entidades Públicas señaladas, tienen un amplio margen para revertir los problemas supuestos de incapacidad, previsión, y prevalencia de los intereses individuales. Omití referirme a la Ley de Control Interno y la Ley de Enriquecimiento Ilícito, por su gran extensión. Así mismo, guardamos para otra etapa, verter opinión sobre las metodologías que se distribuyen en estos tiempos, relativas al hallazgo de eficiencia y eficacia en la gestión empresarial, pública y privada. Estos métodos son conocidos como COBIT-SAC-COSO, y otros, las cuales estarían más enfocadas hacia el uso y beneficios de los Sistemas de Información.
Muchas Gracias.
LIC. ELIAS JOSE LIZANO JARQUÍN
CPA – 557 – POSTGRADO ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS
lizano.e@gmail.com; 8671-4071; 2227-3923.
PARA : Sr. Ing. Teófilo de la Torre Arguello-Pdte. Ejecutivo del ICE
Lic. María del Rocío Aguilar Montoya-Contralora General de la República.
Sindicatos del ICE ––FIT––.
DE : Lic. Elías José Lizano Jarquín-CPA 556-Administrador de Proyectos.
TEMA : Enfoque sobre nuestro contexto de privatización y “apertura” de empresas públicas propiciadas en Costa Rica a partir del año 1986.
SOBRE LAS POLÍTICAS DE APERTURA Y PRIVATIZACIÓN EN COSTA RICA
Apoyo interpretativo: Joseph E. Stigliz-Nobel de Economía. -El Malestar en la Globalización 2002. /www.puntodelectura.com.mx/ - Caída Libre - El libre mercado y el hundimiento de la Economía Mundial. 2010 /www.editorialtaurus.com.mx/-Peter Krugman-Nobel de Economía.- Ensayos Publicados en el New York Times sobre los Rescate Bancarios en EE.UU. y la U.E.
EL RETO
La Sociedad Costarricense tiene ante sí el reto de solucionar la necesidad de procurar trabajos a las nuevas generaciones (casi 600 mil en 10 años), disminuir los riesgos de desosiego social (incluida la inseguridad ciudadana, la pobreza, la indigencia), fomentar la educación técnica, financiar en serio las PYMES, aumentar la capacidad de pago de los ciudadanos, continuar reduciendo el Costo Unitario de los Servicios Públicos ––incluyendo la Electricidad, las Telecomunicaciones, el Agua Potable, Vivienda, los Puertos, Carreteras, Transportes y otros––.
Al mismo tiempo, hay que encarar con valentía y ordenadamente, la deficiencia en la captación de moneda extranjera (divisas) por el BCCR, causa principal de los déficits fiscales crónicos en el país y de los desequilibrios presupuestarios, y procurar un macro-equilibrio económico de largo plazo, guardando el ideal de contar en el futuro, con una óptima sana convivencia y disfrute efectivo de una libertad real en democracia.
El “Consenso de Washington”-Resultado político de la Presidencia de Ronald Reagan en EE.UU, y de la Primer Ministra Margareth Thatcher en el Reino Unido, que fue realmente inducido por las Corporaciones Internacionales de mayor poder económico en el Mundo, dispuso entre muchas otras variantes, la privatización y la apertura de las “empresas públicas” de los países emergentes ––incluidos sus Sistemas Financieros y Comerciales––. La suposición encarnizada que se puso en boga, fue la de que los precios y cantidades de los bienes en los “mercados” se equilibraban naturalmente, y que los seres humanos al perseguir su propio interés, favorecían el de la colectividad. Insistieron con fuerza sobre que el Estado no interviniera en este orden “platónico”, so pena de alterar la eficiencia máxima en el uso de los recursos disponibles”; incluso se puso de moda el “dicho” de un personaje norteamericano, ––Thomas Paine”–– que expresaba “que el mejor Gobierno es el que gobierna menos”.
El “libre mercado” en las dimensiones neoclásicas fue RECHAZADO por la realidad de los hechos económicos habidos desde la segunda mitad del año 2008 a esta parte (crisis inmobiliaria, crisis bancaria, muy profunda crisis de endeudamiento y concentración acelerada de la riqueza). Pero lo que si quedó claro, fue que las Corporaciones Internacionales referidas, se embolsaron enormes sumas de dinero y de activos, traducidos como rentas y beneficios de los numerosos monopolios u oligopolios de perfil privado ––incluyendo las Transnacionales de las Telecomunicaciones y la Energía Eléctrica en América Latina––.
Esta Globalización, ha conseguido que mucha de la tecnología, comercio, corriente de bienes, servicios, capital financiero y físico, conocimientos de gestión de sistemas de información, reducción de costos para la transportación de bienes, y la comunicación inter-corporativa regional y mundial, haya aumentado significativamente (incluyendo el año 2009). Por otra parte, a través de los Acuerdos de Libre Comercio, los países sub-desarrollados “eliminaron” barreras arancelarias, fuente de ingresos fiscales, lo que produjo altos ahorros financieros y rentas ventajosas, pero sólo para los países de exportaciones dominantes ––.
Instituciones Internacionales de gran peso decisorio, como la OMC-FMI-BM, las dos primeras llamadas en sus comienzos a contener los Macro-desequilibrios económicos de las naciones ––que son depositarias de valiosos recursos naturales y de muy bajo costo laboral––, se colocaron en la “creencia y/o fe ideológica”, de la “supremacía social”, del “libre mercado/libre empresa” ––tesis neoclásica––, la cual ha sido impuesta en muchos países ––Brasil, Rusia, India, China, África, Latino-América, Unión Europea––, desarraigando regulaciones e intervenciones estatales, que garantizarían mejores balances en la distribución equitativa de las Rentas del Ingreso Nacional, de los distintas pueblos (hoy día, 3.000 millones de personas viven con el equivalente a 2 U$D diarios, y 1.000 de ellas con el equivalente a 1 U$D, y la riqueza neta que genera el Planeta, está bajo el control de menos del 10% de la población mundial).
Las “teorías o creencias” citadas, introdujeron una crisis financiera mundial (2008 –– ¿?) surgida de la especulación sin límites de las subastas ––Bolsas de Valores–– de títulos valores y coberturas, y del sostenimiento de un nivel de consumo de bienes ––de los países desarrollados––, que supera la riqueza anual que generan esos países. Esta crisis, se agrandó a partir del año 2010, por lo impagable del endeudamiento de las naciones industriales ––impagable en plazos contra-actuales––. La Deuda de EE.UU. tiende a ser el 70% de su PIB, y la de Irlanda, Grecia, España, Portugal, Italia, superan el 100%, ––países en “default” Financiero––. Costa Rica tiene un endeudamiento cercano al 57% de su PIB.
Mucho antes del año 2008, EE.UU. y la U.E. ya habían desarrollado conductas perjudiciales: forzaron a los pobres a eliminar muchas de las barreras de aduana; impidieron a los países subdesarrollados exportar ciertos productos agrícolas, privándolos de una renta casi vital para su subsistencia; Se negaron a abrir la totalidad de sus mercados a los bienes de los países “emergentes”, y mantuvieron lo esencial de las cuotas de importación tradicionales, ––textiles, granos, azúcar y muchos productos agropecuarios, pero adquirieron directamente de sus propias Corporaciones Internacionales, algunos “Commodities” o materias primas que se extraen de las naciones pobres, como el Petróleo, Cobre, Acero, Aluminio, y otros––. Los países industrializados, subsidiando masivamente su Agricultura, impidieron la libre competencia de ésta con la de los países pobres, y por si fuera poco, les demandó liberalizar sus tributos aduaneros para los bienes que compran (importación) de los países desarrollados, logrando minimizar en U$D su erogación de compra, y aumentar en U$D sus ventas.
La Globalización flexibilizó y eliminó muchos controles de los mercados de capitales de América Latina, fijando las oportunas rutas al movimiento constante del dinero especulativo, dejando al arbitrio del “juego” apreciación/ depreciación, el montante de las ganancias financieras de los inversores). El nombre que identifica en nuestro país a ese flujo de divisas, sería el de Capital de Cartera.
Con los sistemas bancarios debilitados y privatizados, la Globalización se fortaleció aún más, a través de los acuerdos tomados en la Ronda Uruguay, sobre la “santidad total” de los Derechos de Propiedad Intelectual, (normas defendidas a ultranza por funcionarios, políticos y académicos en Costa Rica, antes del Referendo CAFTA-DR (10-2007). El alzamiento de los precios de las Tecnologías de Información, equipos, maquinaria, utensilios, bienes de la “High Tech.”, y artículos industriales, son una evidencia de los efectos de la Ronda Uruguay, cuna de la Organización Mundial de Comercio, o OMC, que “influye” en las estrategias del COMEX y MINISTERIO DE ECONOMÍA, en Costa Rica.
En el país, producto de las asimetrías de los intercambios comerciales, contamos con el siguiente problema. Las empresas extranjeras apoyadas por el esquema de Inversión Extranjera Directa o IED y/o incorporadas al CAFTA-DR–– (e.i. Zonas Francas y Agricultura de la Fruta) ––, han sido inequitativa en el largo plazo, ya que si se cuantificaran los saldos de los créditos y débitos en U$D que esas Corporaciones movilizan en la Cta. de Capital y/o en la Cta. Corriente de la Balanza de Pagos, se presentarían diferencias monetarias riesgosas para el país (desbalance fiscal, desbalance económico, endeudamiento indeseable). Estos supuestos perjuicios no estarían mitigados en los contratos suscritos por nuestro Gobierno con estas organizaciones.
Se conoce que las ventas de productos y servicios de empresas como INTEL, BANANERAS-DOLE-, AEGIS, BAXTER, ALLERGAN, y otras, no “Depositan” en el BCCR la totalidad de las divisas producto de sus exportaciones, pero el Sistema de Banca Nacional, SI estaría obligado a proveer todas los requerimientos de divisas que éstas empresas exigen para pagar sus costos operativos y de inventarios, más la transferencia de rentas, dividendos, bonos ejecutivos, y retornos de las inversiones. Este desbalance en moneda extranjera también sería una de las causas mayores ––unida a la de los precios del Petróleo–– de los impactos inflacionarios ocurridos desde el año 1980 ––más las graves consecuencias de la operación de las Off-Shore––, del crecimiento de la Deuda-País, y del “afán” perenne por aumentar la carga tributaria, “flexibilizando” la protección social. Es bueno recordar, que la seguridad social, es un rasgo esencial del Estado de Bienestar Costarricense.
Llegados al punto de considerar las exportaciones totales de las zonas francas como elemento de cálculo de nuestro PIB, éste sería impreciso por la diferencia que se apunta, y volvería imprecisos muchos indicadores económicos que produce el BCCR.
UN CASO RECIENTE: La Presidenta de Argentina decretó la obligación de todas las empresas de repatriar el 100% de los ingresos provenientes de la exportación de petróleo, gas natural y minería. Estas exportaciones representan el 16% del total que logra el país suramericano (La Nación, 30-10-11, Página 22-A).
DOS EXPERIENCIAS: Según denuncias presentadas en la Asamblea Legislativa recientemente, y bajo el testimonio de dos conocidos economistas costarricenses vinculados al BCCR, grupos de particulares ––manipulando la Banca Off-Shore––, evitaron pagar impuestos por cerca de 6 billones de colones en los últimos 20 años, y con esto “agravaron” la inflación monetaria. Muchas inversiones llegadas al país no pagaron impuestos, no cumplieron con los encajes bancarios, y devengaron muy altos rendimientos económicos, comparados con nuestras tasas de interés, provenientes de la Política Monetaria del BCCR.
Los países con intercambios comerciales deficientes (Costa Rica entre ellos), han debido optar siempre por adquirir Fondos de Cartera, o Legislar para la introducción de las IED y las Concesiones –– que a la larga cobran Tasas de Retorno del 14% al 18%––. Estas son Tasas diferentes a los rendimientos sostenidos que suministran los Bonos del Tesoro de los EE.UU. de cerca del 0.01%, a las Reservas en Divisas que posee el BCCR (y otros tenedores) para el sostenimiento Macroeconómico.
Colateralmente, el Presupuesto del Gobierno Central y Entes Descentralizados, acusan una SOBREESTIMACIÓN SOSTENIDA de más de 2.4 billones de colones para el año 2011, la cual es reiterada, y que se basa en la constitución de Superávits Presupuestarios y Rentas (precios unitarios) Sobreestimadas. Existe un crecimiento de la Deuda Bonificada del Gobierno Central ––más las operaciones que se libran con “Letras del Tesoro”–– que registran más de un billón de colones, hechos que sugieren poca eficacia en la aplicación de controles, y escaso cumplimiento de los objetivos de los entes y Autoridades públicas, supuestamente debido a la renuncia que los costarricenses hemos hecho de trabajar con la eficiencia debida.
La apertura/privatización de las Telecomunicaciones en nuestro país, y la eventual irrupción del mercado de subastas y privatización en la Generación Eléctrica, no escaparía a las finas estrategias corporativas para aumentar a ultranza el capital que detentan. Las empresas “tenedoras” Telefónica de España, y Telmex de México, han “pagado” casi U$D 180 millones (por 20 años de operación), como “peaje” por explotar comercialmente nuestro Espectro Radioeléctrico, y usar las Redes de Telefonía que ICE ha levantado desde 1963 a esta parte, y cuya valoración en dinero, supera infinitamente y por muchos U$D el peaje en cuestión ––representa también una suma muy inferior a las reconocidas por el mismo concepto en Centroamérica y el Caribe––. Este pago en U$D citado, no resuelven claramente, los problemas estructurales de la Cuenta Corriente de la Balanza de Pagos. Lo mismo sucedería con el Sector Eléctrico.
Así las cosas, las ventas en colones de las empresas Claro y Movistar en el futuro próximo, serán traducidas a U$D, y estos montos serán “repatriados” ––junto a los dividendos y retornos––, a las cuentas bancarias de mayor giro especulativo de sus dueños (costos de oportunidad del dinero).
Este flujo de divisas comprometerá las reservas del BCCR en el Largo Plazo, en el tanto no exista una programación de inyección y retiro de U$D, acordado entre partes. Si se continúa en la acostumbrada senda, y se suman los efectos “finales” del negocio actual de las Zonas Francas y de otras empresas extranjeras, la apertura a un mayor crédito, mejores tasas de interés, e inversiones que expandan la riqueza nacional, se verá mutilada. Obviamente el país, ––como resultados del libre mercado financiero y comercial––, estaría viviendo dificultades sociales que se podrían controlar, sólo a través de la formulación de una estrategia financiera nacional y equitativa para todos los actores.
Costa Rica debe repatriar por revisión de contratos, todos los ingresos en U$D por las exportaciones y servicios de las Zonas Francas (incluyendo todas las compañías fruteras), más las ventas de servicio de las Subsidiarias Claro y Movistar en las Telecomunicaciones, y las exportaciones de otras empresas que han sido y podrán ser financiados por la IED. Este Proyecto de Finanzas Públicas, depararía mejores oportunidades de desarrollo, y debería ser la lógica política de los Partidos Políticos que están hoy en la Asamblea Legislativa.
Pero no basta con medidas de balance en la Cuenta Corriente o de Capital de la Balanza de Pagos. El país requiere tener más responsabilidad respecto de sus ventajas comparativas. El Gas Natural, nuestras 19 cuencas (Hidroelectricidad), la Geotermia (volcanes), la industrialización Agro-Pecuaria o Vocación Agrícola Inherente, La Educación Técnica y de Gestión de Empresas Privadas y Públicas, La facilidad legal para la constitución de Consorcios Financieros, y las facilidad de nuestro mercado de lograr Economías de Escala, hacen pensar que las futuras generaciones pueden llegar a tener una mejor calidad de vida.
Empero, topamos al día de hoy con mucha desinterés por parte de áreas del personal que trabaja en las Empresas Públicas, de lograr los objetivos de sus leyes orgánicas. Cito por la proximidad que he tenido con ellas, los casos del ICE, la CCSS, AyA, INCOP, especialmente en los niveles máximos de la Dirección Subordinada y de Control Ejecutivos, hoy peligrosamente copados por la política electoral del entorno y/o intereses de concesión en el caso del Puerto de Caldera.
Es increíble que poseyendo un instrumental amplio de guías, políticas, normas, procedimientos, reglamentos, especificaciones de desempeño, y Organismos de Regulación, tales Entidades corran hoy la suerte que han venido sufriendo en el deterioro de sus patrimonios, y lo que es más grave, que sean pocas las personas interesadas en corregir esta mala evolución, y que además algunas representaciones sean proclives a las privatizaciones.
Como conozco que hay interpretaciones distintas para comparar los perfiles de los trabajadores de la empresa pública, con los de la empresa privada (resultados de las teorías clásicas), me permito transcribir lo siguiente ––Página 243, Un Nuevo Orden Mundial-Caída Libre-de Joseph E. Stiglitz––.
“La mayoría de los productores son empleados, no propietarios de las empresas (…) Visto desde la posición ventajosa de la teoría clásica, no tienen ninguna razón para maximizar los beneficios de las empresas, salvo en la medida en que los propietarios sean capaces de controlarlos (…) Además, no hay diferencias, en este sentido, entre las empresas con afán de lucro, las organizaciones que no lo tienen y las organizaciones burocráticas. Todas tienen exactamente el mismo problema para hacer que los empleados trabajen con el fin de alcanzar los objetivos de la organización. NO hay razón, a priori, para que sea más fácil (o más difícil) producir esa motivación en organizaciones orientadas a maximizar los beneficios que en organizaciones cuyos fines son otros. En una economía organizativa, la conclusión de que las organizaciones motivadas por los beneficios serán más eficientes que otras organizaciones, no se deriva de los presupuestos neo-clásicos. Si es empíricamente cierto, deben introducirse otros axiomas para dar cuenta de ello”.
Finalmente, expongo como Anexo, un contenido mínimo de las leyes, principios, normas, y procedimientos, que procuran llevar a los empleados públicos a la productividad y eficiencia, con algún control exitoso sobre las prácticas corruptas; muchas de esto señalamientos, son de acatamiento obligatorio, y otros son una plataforma para la innovación constante. En este caso, las Entidades Públicas señaladas, tienen un amplio margen para revertir los problemas supuestos de incapacidad, previsión, y prevalencia de los intereses individuales. Omití referirme a la Ley de Control Interno y la Ley de Enriquecimiento Ilícito, por su gran extensión. Así mismo, guardamos para otra etapa, verter opinión sobre las metodologías que se distribuyen en estos tiempos, relativas al hallazgo de eficiencia y eficacia en la gestión empresarial, pública y privada. Estos métodos son conocidos como COBIT-SAC-COSO, y otros, las cuales estarían más enfocadas hacia el uso y beneficios de los Sistemas de Información.
Muchas Gracias.
LIC. ELIAS JOSE LIZANO JARQUÍN
CPA – 557 – POSTGRADO ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS
lizano.e@gmail.com; 8671-4071; 2227-3923.
sábado, 4 de junio de 2011
ACTUALIZACIÓN EN EL ICE: SUS ESTADOS FINANCIEROS
San José, 31 de Mayo de 2011
PARA : Diputados Lic. JUAN CARLOS MENDOZAy Lic. LUIS FISHMAN
SEÑORES DE SIICE-ANTTEC-ASDEICE
DE : Lic. ELIAS JOSE LIZANO JARQUÍN-Lic. Ciencias Económicas-CPA 556.
ASUNTO : A) KPMG, probable labor conjunta de Consultoría y Auditoría para el ICE. B) La Cuenta corriente de la Balanza de Pagos del País y efectos en las inversiones Programadas del ICE.
En complemento a mis argumentaciones de los recientes días, y por considerar que es vital aclarar hechos que se relacionan con la “privatización-apertura”del Instituto Costarricense de Electricidad, incluyo dos puntos relativos a ese tema.
1º KPMG Y EL ICE: Probable labor de consultoría conjunta (Gestión de Negocios y auditoría Externa).
Las normas regulatorias de la SEC (Comisión de Regulación de Bolsa y Valores y el Senado de los EE.UU), marcan que las firmas de Auditoría Externa, no incursionen en contratar servicios de consultoría de gestión y de revisión de Estados Financieros al mismo tiempo ––Ley U.S. Congress Sarbanes-Oxley Act. 2002––, por el peligro de que se violente la independencia de criterio profesional en las firmas asesoras.
Ley citada, LINK: www.interamericanusa.com/artículos/Leyes/Ley-Sar-Oxley.htm.
La multinacional KPMG, (anteriormente Peat, Marwick and Mitchell), muestra dudas razonables en cuanto a esa independencia, si se consulta parte de su historial en la Web. Estas dudas serían importantes, en virtud de que el ICE habría contratado a KPMG, para hacer la Auditoría Externa del año 2010, y quizás, para recomendar destinos de gestión a la actual Presidencia Ejecutiva, y Altas Autoridades del ICE. Tenemos lo siguiente:
1º KPMG International y KPMG LLP de EE.UU, hubo hecho "auditorías extremadamente negligentes" para la empresa New Century Financial Corp. Se advierte que KPMG LLP, ayudó a cubrir los "catastróficos" problemas de ese cliente, incluyendo errores contables y financieros, al inicio de la crisis de vivienda en EE.UU, que llevaron a la quiebra a ese Banco. “Sus auditorías no valen ni el papel sobre el que están escritas”, dijo ayer Steven Thomas, un abogado del fideicomisario de New Century Financial, Alan M. Jacobs, en una entrevista telefónica”. Ref: (Agencias Reuters y Bloomberg, Miami, EE.UU).
2º KPMG internacional y/o LLP, han sido señaladas de alguna manera, en las irregularidades y perjuicios causados por varias empresas privadas: Enron, Xerox, World.Com, Parmalat, Northern Iris, Vamos México, Northern Irish, Siemens, incluyendo la estructuración de un Paraíso Fiscal en las Islas Grand Caiman. –– En 1997, fue multada en Irlanda con 437 mil dólares por no detectar un “agujero” en las finanzas de la citada Corporación Northern Irish ––.
3º The Wall Street Journal (30/1/03), publicó que "La SEC demandó a KPMG por fraude. "En lo que constituye una fuerte medida de censura para una de las cuatro grandes firmas de contabilidad de EEUU, la Comisión de Bolsa y Valores (SEC) de ese país presentó una demanda contra KPMG LLP por fraude civil, acusando a la firma de "inducir a error con conocimiento de causa o imprudentemente" a los inversionistas al permitirle a Xerox Corp. presentar informes financieros falsos durante cuatro años, lo que distorsionó sus resultados en varios miles de millones de U$D".
4º Redacción/RS-28-11-08–Der-Spiegel-Alemania. Durante años, la multinacional de auditoría y contabilidad “KPMG”, preparaba y certificaba los balances del conglomerado Siemens, pero nunca descubrió ni alertó -en sus informes- sobre “las cajas negras” y los pagos “ilegales” que se produjeron.
KPMG se convirtió en objetivo de críticas en medio del mayor escándalo de corrupción post-guerra en Alemania: La multitud de pagos ilegales que la empresa desembolsó (en países en vías de desarrollo) para obtener contratos. Se la culpó de " hacerse la vista gorda" en cuanto a los “huecos negros” en los balances corporativos de Siemens. KPMG contradijo las acusaciones pero algunos casos específicos ya se encuentran en etapa judicial.
5º Jorge Peña Tapia, socio en México de KPMG, negó al periodista mexicano Jacobo Zabludovsky la participación del Despacho en el caso de la gravísima quiebra de la empresa estadounidense ENRON, pero admitió que la responsabilidad de su empresa en dicho caso, estaría por delimitarse por Autoridades Competentes (Internal Revenue Services ––IRS––), vale decir, Oficina estadunidense encargada del cobro de impuestos.
6º Asimismo, Peña Tapia en el fraude de la Corporación Italiana Parmalat reconoció ante el periodista también mexicano Enrique Galván Ochoa, la participación de sus auditores en la revisión de las cuentas de una subsidiaria de la Empresa de Productos Lácteos, Parmalat, en Islas Caimán. Los puntos 5º y 6º anteriores, responden a la siguiente dirección:
http://www.jornada.unam.mx/2004/02/05/007n1pol.php?origen=politica.php&fly=1
Respecto a World Com, se precisó que el gigante de las telecomunicaciones denunció que la empresa KPMG había tenido fallas al brindarles asesoría en materia de impuestos. Leopoldo Pons Albentosa ––economista, vinculado al Colegio de Valencia, España, y coordinador de la carrera de Maestría en Tributación, Revista Economistes Nº 306 de la 2º quincena de marzo del año 2006––, apeló al conocido caso KPMG que se dio en los Estados Unidos, para expresar las malas consecuencias que se producen, cuando se mezclan accesos a información privilegiada mediante contratos de asesoría de gestión, y se tienen contratos al mismo tiempo para CERTIFICAR Estados Financieros de una misma firma.
Un tribunal de EE.UU, declaró a KPMG culpable de la creación de un producto para evadir impuestos (TAX SHELTERS = Refugio de Impuestos), que ofreció a muchos de sus clientes; El uso de estos Tax Shelters, según la Justicia Norteamericana, causó evasiones tributarias del orden 2.5 billones de U$D. La asesoría fiscal de KPMG, de Estados Unidos, al parecer, con esa información articulada que tenía, elaboró un estudio, a partir de un listado de grandes patrimonios, del que surgió un producto con indudables ventajas fiscales”. El polémico incidente finalizó cuando KPMG fue condenada legalmente, a pagar 456 millones de U$D, y aceptar restituciones y sanciones (29 de Agosto del año 2005). Veanse publicaciones: Profesor en Derecho Joseph Bankman, Universidad de Stanford, EE.UU; Consejero embajada de España en EE.UU, Ubaldo González de Frutos, Crónica Tributaria Num. 122/2007 (89-119).
Por lo que respecta a la Contabilidad del Grupo ICE, el suscrito denunció hace mucho tiempo, ante la Contraloría General de la República, en la persona de la Contralora General, Lic. Rocío Aguilar, que los EE.FF. de esa Organización, contienen una mezcla de Operating Leasing y Financial Leasing (arrendamientos operativos y arrendamientos financieros), que distorsionan la presentación de Activos, Pasivos y Patrimonio del citado Grupo, para todos los efectos. Este mecanismo de mezcla, es llamado en los EE.UU, “lease-in, lease-out”, en el cual una empresa privada hace una deducción en sus libros por la amortización o depreciación de los bienes comprometidos, reduciendo su obligación tributaria, y las entidades públicas involucradas, reciben un aumento de su ingreso neto (al no cargar esa amortización o depreciación en sus propios libros, dando un coeficiente de explotación equivocado). Este mecanismo es conocido como uno de los primeros TAX SHELTER presentados en EE.UU. “Tax Shelter of the 90’s, publicado en Express, el 22 de octubre del año 2003, o página 104, de Crónica Tributaria 122-2007.
2º MAYORES FLUJOS DE CAPITAL A LARGO PLAZO-EL DEFICIT DE LA CUENTA CORRIENTE DE LA BALANZA DE PAGOS-EL TIPO DE CAMBIO REAL-Y EL DEFICIT DEL SECTOR PÚBLICO-DECIDEN LAS INVERSIONES EN ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES POR PARTE DEL ICE COMO EMPRESA PÚBLICA
1º En mi carta del 16 de Mayo del año 2011, dirigida a los Diputados Juan Carlos Mendoza y Luis Fishman, concluí que el MINAET tenía la obligación de enseñar claramente sus argumentos macroeconómicos, que sustenten el demostrado esfuerzo del Gobierno Central, por privatizar la generación eléctrica en Costa Rica. Otra conclusión a la que llegamos, fue que el ICE tenía por necesidad práctica, que dar expectativas serias y concretas sobre el uso de la microeconomía (costos medios, marginales, utilidad marginal, que cubran el Sub-Sector de Energía y el de Telecomunicaciones con métodos de contabilidad de costos apropiados, por procesos, actividades, y lotes críticos unitarios totales).
2º El MINAET debería en conjunto con los Departamentos de Estudios Económicos y Estadística del Banco Central, sustentar la cifra de U$D 9.000 millones ––que ese Ministerio supone necesita Costa Rica aplicar en la producción eléctrica nacional hasta el año 2021––. Este sustento debe hacerse calculando una REGRESIÓN MATEMÁTICA Y ESTADÍSTICA ––para el Largo Plazo–– del Saldo Neto de la CUENTA CORRIENTE de la Balanza de Pagos, Y DE LA BALANZA DE PAGOS EN SI (…). El año de inicio de la proyección, debería ser igual al inicio del pago de las AMORTIZACIONES Y PAGO DE LOS INTERESES TEÓRICOS de los Proyectos de Energía ––Hidraulicos, Térmicos, Geotérmicos, Eólicos, Biomasas––, programados por el ICE. Estas estimaciones deben asociar la proyección del Tipo de Cambio Real, el Deficit o Superávit Fiscal del Sector Público, y de las probables medidas expansivas de la economía costarricense, BASADAS en una adecuada oferta de electricidad cuyos costos serían altamente competitivos (crecimiento de los Sectores Comercial, Industrial, Residencial, Agrícola, Zonas Francas, y Exportación de energía a Mesoamérica). Una premisa mayor en estos cálculos, será aceptar el hecho de que el ICE en su gestión posee un atractivo superior desde el punto de vista de las garantías y “fianzas” financieras ––, repago de inversiones iniciales, pago puntual de intereses, concentración de mercado, ––. Esta ventaja o atractivo, son esenciales para cautivar préstamos a través de empréstitos convencionales, líneas de crédito, deudas de largo plazo, financiación de proveedores, y toda la gama de titularizaciones.
4º El producto de este esfuerzo, es obtener el margen económico de dicha CUENTA CORRIENTE, y/o la capacidad que esta “cuenta bancaria” tiene para sufragar en el tiempo los U$D emprestados para la ampliación de las Redes de Energía (y de Telecomunicaciones). Se demostraría positivamente, de acuerdo a lo que conocemos, que sostener el modelo actual (ICE), es lo mejor para la capacidad de pago de todos los habitantes de la República, que no la privatización, la cual es financieramente desventajosa (no actuaría bajo el modelo de verticalidad).
5º Además, la alternativa privada de COGENERACIÓN ELÉCTRICA, parece inclinarse más hacia los RIESGOS DE PROBIDAD en la tarificación y volúmenes de compra/venta, según las lecciones aprendidas desde 1990. En esa prospección de factores económicos, podrá notarse que el sacrificio por la reversibilidad de los costos de capital (principal, dividendos, participaciones, comisiones e intereses) para el Sector Bancario Privado Externo e Interno, ––que vincula a esa COGENERACIÓN ELÉCTRICA––, sería mucho más alto, que el pago de amortización e intereses que el ICE tenga que hacer a los fondos financieros, CON LA VENTAJA DE PARA NUESTRO PAÍS, QUE EL ICE REINVIERTE CUALQUIER MARGEN DE INTERMEDIACIÓN.
6º En cuanto al factor REINVERSIÓN, el ARTÍCULO 3º, de la Ley 7593 (Ley Orgánica de Aresep), exige a empresarios privados e instituciones públicas concesionadas, que las tarifas del servicio eléctrico deben retornar sus inversiones, única y exclusivamente al valor o al costo que se emplea para producirla. No da margen para introducir rangos de rendimientos o ganancias anuales, a menos que la Procuraduría General de la República, o el Tribunal Constitucional o Sala IV, interprete que las ganancias son costos explícitos e implícitos, y que deberían entonces regularse.
ASPECTOS DE ORDEN ECONÓMICO (Ref: BCCR-División Económica-DEC-DIE-DT-05-2010, marzo)
1º El Plan Estratégico del Banco Central requiere actualizar la estimación del Déficit de Cuenta Corriente, introduciendo los efectos del flujo de capital de largo plazo sostenibles, ampliando la consideración de las fuentes de financiamiento externo a la economía, para incluir no sólo la Inversión Extranjera directa, sino también el financiamiento externo de largo plazo público y privado.
2º En cuanto a la primera forma de abordar el tema mencionado, la estimación de la “Cuenta Corriente Objetivo” es un trabajo que “PODRÍA” incorporarse al Plan de Investigación del Departamento de Investigación Económica para el presente período (ignoramos el período o plazo de estimación).
3º Los flujos de capital a corto plazo, son más susceptibles a abandonar la economía que los flujos de largo plazo. Los flujos de deuda que toman forma de préstamos provenientes de bancos extranjeros, son menos volátiles que los flujos de portafolio (capital que no es Inversión Extranjera Directa, o IED). Empero, aunque la IED incrementa la eficiencia en la asignación de capital y en la provisión de liquidez en la economía interna, esto es COYUNTURAL, y dada esa característica, no se mide la expulsión que ocurre con las salidas potenciales de capital de portafolio, lo cual podría desestabilizar el equilibrio del sistema en el corto plazo.
4º La relación de IED, Flujos de Portafolio, Déficit de la Cuenta Corriente de la Balanza de Pagos, y el Financiamiento Externo para el Largo Plazo, no ha sido ejecutada por el Gobierno de la República para efectos del desarrollo eléctrico del país. Esta realidad, deja sin base el argumento REAL Y PERSISTENTE del MINAET, cuando estimula y apoya oficialmente que sólo la IED, PROMOVIDA A ULTRANZA POR EL ACTUAL GOBIERNO A TRAVÉS DEL COMEX Y DE LA COALICIÓN DE INICIATIVAS DE DESARROLLO (CINDE), puede alcanzar la meta de la inversión que ese Ministerio estima en U$D 9.000 mil millones en Plantas de Energía (Públicas y Privadas) del año 2010 al año 2021.
5º La venta al extranjero de las Empresas Públicas Descentralizadas (Bancos, ICE, INS, Puertos) ––bautizadas estratégicamente como “Monopolios” (iniciada en 1982 con los Programas de Ajuste Estructural del FMI, y todavía vigente), representan en las urgencias del ciclo político electoral costarricense, sólo un aumento de liquidez disponible de corto plazo (en el Presupuesto del Gobierno Central), lo que no garantiza que en el mediano y largo plazo, la reversibilidad de las inversiones logradas, no agraven el Déficit actualmente sostenible (5%) de la Cuenta Corriente de la Balanza de Pagos. Con el tiempo esta alternativa económica, puede desembocar en incapacidad de pago para cancelar las deudas-país (Irlanda, Grecia, Portugal, Islandia). Un ejemplo, es el pago único por la explotación del Espectro Radioeléctrico Nacional, que harían Telefónica de España, y Telmex de México, UNA SOLA VEZ.
6º La medida cuantitativa del déficit presupuestario se hace a través de la Contabilidad Nacional que da una buena medida de éste. El problema para el ciudadano común, es interpretar que el Sector Público es la SUMA de TODAS las Instituciones Descentralizadas, más el Gobierno Central. En este sentido, la existencia de más de 1.400 BILLONES de colones de Superávits en dichos Entes Descentralizados, hacen que Costa Rica NO TENGA DÉFICIT FISCAL (datos de la Contraloría General de la República). Sin embargo, una noticia reciente publicada en el diario La República el 31 de Mayo de 2011, afirma que las Entidades descentralizadas han adquirido “Bonos” del Gobierno Central por una suma superior a 2.4 billones de colones. Obviamente si esto es verdadero la situación pareciera ser muy alarmante y estas Instituciones, tendrían una deducción en su capital de trabajo por el importe de esas inversiones (dada la iliquidez del Estado). Este evento debe registrarse cuando menos en NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, en las certificaciones de Auditor Externo de cada Entidad, y deben ser tratadas como incertidumbres, o pasivos contingentes.
7º Los problemas presupuestarios del Estado, se encuentran en el déficit primario (ingresos totales menos egresos totales sin tomar como salidas los intereses de la Deuda). Dicho déficit revela los efectos de las medidas fiscales (aumentos de impuestos-reducción de gastos-eliminación de la evasión tributaria-cuantía de las inversiones), sobre la deuda neta del Sector Público. Otros problemas colaterales que atienden los Gobiernos en este tema, son indagar si el déficit (real) del sector público es sostenible, y si el pago de amortización e intereses de dicha deuda es fácilmente realizable a los vencimientos. La diferencia entre ingresos totales menos egresos totales, más el déficit (o superávit) fiscal primario es lo que se denomina Deuda Pública Acumulada. Algunos economistas sitúan este déficit en un 6% del PIB para el año 2011, y de persistir, sería una grave disyuntiva.
Estas tendencias en el largo plazo, introduciendo el factor de inversión en plantas de energía eléctrica, no se han cuantificado de ninguna manera por parte de las Autoridades Encargadas. Dicha omisión en el análisis de la oferta energética, introduce un vacío en las decisiones de orden político, y las metas prácticas para el crecimiento económico se atrasan considerablemente. Es preocupante también observar que del lado de la demanda energética por parte del empresariado nacional, las estimaciones son todavía bastante frágiles.
8º La estabilidad de la Cuenta Corriente de la Balanza de Pagos, y el sostenimiento de los niveles de la deuda acumulada, en conjunto con el desarrollo de energía en el país a cargo del ICE, es un desafío muy parecido al que existió en esta materia, hacia el año 1949. Este reto, como he sostenido consistentemente, se atendió en lo que respecta a la Oferta Eléctrica, emulando las soluciones norteamericanas de esos años en cuanto a la escogencia de administraciones verticales (Autoridad del Valle del Tennesse o TVA).
La Oferta Eléctrica bajo la verticalidad de estructura empresarial del ICE, impulsó en 62 años parte del ahorro nacional (aplicando precios competitivos y acceso universales). Este ahorro provocó aumentos crecientes de inversión en el país, más cuando se usaron energías renovables desde un principio en la explotación de la energía eléctrica. Ahí están muchas de las explicaciones lógicas sobre la multiplicación de los ingresos económicos, y el destacado aumento del PIB costarricense en ese lapso de tiempo.
CONCLUSIÓN: El personal del ICE, en su integrabilidad, debe debatir con los algunos Altos Funcionarios Ministeriales, sobre los Proyectos de Ley ya conocidos por todos (Ley General, y Ley de Emergencia), aunando a sus explicaciones, los efectos Macro y Microeconómicos que atañen al ICE.
Este debate debe constituirse, ya que desde el año 2006, ha habido desinformación en cuanto a que el ICE en sus dos Sub-Sectores, no tienen precios competitivos, y que su cobertura es inocua, además de que ofrecen mala calidad. Además, es absolutamente conveniente discutir los argumentos economicistas, por lo que se refiere a que una opción lógica para resolver los problemas de la Balanza de Pagos de Costa Rica, consiste en suspender el financiamiento externo al ICE, a través de deudas convencionales de Largo Plazo.
Gracias,
Lic. ELÍAS JOSÉ LIZANO JARQUÍN (Graduado de la Universidad de Costa Rica).
lizano.e@gmail.com
PARA : Diputados Lic. JUAN CARLOS MENDOZAy Lic. LUIS FISHMAN
SEÑORES DE SIICE-ANTTEC-ASDEICE
DE : Lic. ELIAS JOSE LIZANO JARQUÍN-Lic. Ciencias Económicas-CPA 556.
ASUNTO : A) KPMG, probable labor conjunta de Consultoría y Auditoría para el ICE. B) La Cuenta corriente de la Balanza de Pagos del País y efectos en las inversiones Programadas del ICE.
En complemento a mis argumentaciones de los recientes días, y por considerar que es vital aclarar hechos que se relacionan con la “privatización-apertura”del Instituto Costarricense de Electricidad, incluyo dos puntos relativos a ese tema.
1º KPMG Y EL ICE: Probable labor de consultoría conjunta (Gestión de Negocios y auditoría Externa).
Las normas regulatorias de la SEC (Comisión de Regulación de Bolsa y Valores y el Senado de los EE.UU), marcan que las firmas de Auditoría Externa, no incursionen en contratar servicios de consultoría de gestión y de revisión de Estados Financieros al mismo tiempo ––Ley U.S. Congress Sarbanes-Oxley Act. 2002––, por el peligro de que se violente la independencia de criterio profesional en las firmas asesoras.
Ley citada, LINK: www.interamericanusa.com/artículos/Leyes/Ley-Sar-Oxley.htm.
La multinacional KPMG, (anteriormente Peat, Marwick and Mitchell), muestra dudas razonables en cuanto a esa independencia, si se consulta parte de su historial en la Web. Estas dudas serían importantes, en virtud de que el ICE habría contratado a KPMG, para hacer la Auditoría Externa del año 2010, y quizás, para recomendar destinos de gestión a la actual Presidencia Ejecutiva, y Altas Autoridades del ICE. Tenemos lo siguiente:
1º KPMG International y KPMG LLP de EE.UU, hubo hecho "auditorías extremadamente negligentes" para la empresa New Century Financial Corp. Se advierte que KPMG LLP, ayudó a cubrir los "catastróficos" problemas de ese cliente, incluyendo errores contables y financieros, al inicio de la crisis de vivienda en EE.UU, que llevaron a la quiebra a ese Banco. “Sus auditorías no valen ni el papel sobre el que están escritas”, dijo ayer Steven Thomas, un abogado del fideicomisario de New Century Financial, Alan M. Jacobs, en una entrevista telefónica”. Ref: (Agencias Reuters y Bloomberg, Miami, EE.UU).
2º KPMG internacional y/o LLP, han sido señaladas de alguna manera, en las irregularidades y perjuicios causados por varias empresas privadas: Enron, Xerox, World.Com, Parmalat, Northern Iris, Vamos México, Northern Irish, Siemens, incluyendo la estructuración de un Paraíso Fiscal en las Islas Grand Caiman. –– En 1997, fue multada en Irlanda con 437 mil dólares por no detectar un “agujero” en las finanzas de la citada Corporación Northern Irish ––.
3º The Wall Street Journal (30/1/03), publicó que "La SEC demandó a KPMG por fraude. "En lo que constituye una fuerte medida de censura para una de las cuatro grandes firmas de contabilidad de EEUU, la Comisión de Bolsa y Valores (SEC) de ese país presentó una demanda contra KPMG LLP por fraude civil, acusando a la firma de "inducir a error con conocimiento de causa o imprudentemente" a los inversionistas al permitirle a Xerox Corp. presentar informes financieros falsos durante cuatro años, lo que distorsionó sus resultados en varios miles de millones de U$D".
4º Redacción/RS-28-11-08–Der-Spiegel-Alemania. Durante años, la multinacional de auditoría y contabilidad “KPMG”, preparaba y certificaba los balances del conglomerado Siemens, pero nunca descubrió ni alertó -en sus informes- sobre “las cajas negras” y los pagos “ilegales” que se produjeron.
KPMG se convirtió en objetivo de críticas en medio del mayor escándalo de corrupción post-guerra en Alemania: La multitud de pagos ilegales que la empresa desembolsó (en países en vías de desarrollo) para obtener contratos. Se la culpó de " hacerse la vista gorda" en cuanto a los “huecos negros” en los balances corporativos de Siemens. KPMG contradijo las acusaciones pero algunos casos específicos ya se encuentran en etapa judicial.
5º Jorge Peña Tapia, socio en México de KPMG, negó al periodista mexicano Jacobo Zabludovsky la participación del Despacho en el caso de la gravísima quiebra de la empresa estadounidense ENRON, pero admitió que la responsabilidad de su empresa en dicho caso, estaría por delimitarse por Autoridades Competentes (Internal Revenue Services ––IRS––), vale decir, Oficina estadunidense encargada del cobro de impuestos.
6º Asimismo, Peña Tapia en el fraude de la Corporación Italiana Parmalat reconoció ante el periodista también mexicano Enrique Galván Ochoa, la participación de sus auditores en la revisión de las cuentas de una subsidiaria de la Empresa de Productos Lácteos, Parmalat, en Islas Caimán. Los puntos 5º y 6º anteriores, responden a la siguiente dirección:
http://www.jornada.unam.mx/2004/02/05/007n1pol.php?origen=politica.php&fly=1
Respecto a World Com, se precisó que el gigante de las telecomunicaciones denunció que la empresa KPMG había tenido fallas al brindarles asesoría en materia de impuestos. Leopoldo Pons Albentosa ––economista, vinculado al Colegio de Valencia, España, y coordinador de la carrera de Maestría en Tributación, Revista Economistes Nº 306 de la 2º quincena de marzo del año 2006––, apeló al conocido caso KPMG que se dio en los Estados Unidos, para expresar las malas consecuencias que se producen, cuando se mezclan accesos a información privilegiada mediante contratos de asesoría de gestión, y se tienen contratos al mismo tiempo para CERTIFICAR Estados Financieros de una misma firma.
Un tribunal de EE.UU, declaró a KPMG culpable de la creación de un producto para evadir impuestos (TAX SHELTERS = Refugio de Impuestos), que ofreció a muchos de sus clientes; El uso de estos Tax Shelters, según la Justicia Norteamericana, causó evasiones tributarias del orden 2.5 billones de U$D. La asesoría fiscal de KPMG, de Estados Unidos, al parecer, con esa información articulada que tenía, elaboró un estudio, a partir de un listado de grandes patrimonios, del que surgió un producto con indudables ventajas fiscales”. El polémico incidente finalizó cuando KPMG fue condenada legalmente, a pagar 456 millones de U$D, y aceptar restituciones y sanciones (29 de Agosto del año 2005). Veanse publicaciones: Profesor en Derecho Joseph Bankman, Universidad de Stanford, EE.UU; Consejero embajada de España en EE.UU, Ubaldo González de Frutos, Crónica Tributaria Num. 122/2007 (89-119).
Por lo que respecta a la Contabilidad del Grupo ICE, el suscrito denunció hace mucho tiempo, ante la Contraloría General de la República, en la persona de la Contralora General, Lic. Rocío Aguilar, que los EE.FF. de esa Organización, contienen una mezcla de Operating Leasing y Financial Leasing (arrendamientos operativos y arrendamientos financieros), que distorsionan la presentación de Activos, Pasivos y Patrimonio del citado Grupo, para todos los efectos. Este mecanismo de mezcla, es llamado en los EE.UU, “lease-in, lease-out”, en el cual una empresa privada hace una deducción en sus libros por la amortización o depreciación de los bienes comprometidos, reduciendo su obligación tributaria, y las entidades públicas involucradas, reciben un aumento de su ingreso neto (al no cargar esa amortización o depreciación en sus propios libros, dando un coeficiente de explotación equivocado). Este mecanismo es conocido como uno de los primeros TAX SHELTER presentados en EE.UU. “Tax Shelter of the 90’s, publicado en Express, el 22 de octubre del año 2003, o página 104, de Crónica Tributaria 122-2007.
2º MAYORES FLUJOS DE CAPITAL A LARGO PLAZO-EL DEFICIT DE LA CUENTA CORRIENTE DE LA BALANZA DE PAGOS-EL TIPO DE CAMBIO REAL-Y EL DEFICIT DEL SECTOR PÚBLICO-DECIDEN LAS INVERSIONES EN ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES POR PARTE DEL ICE COMO EMPRESA PÚBLICA
1º En mi carta del 16 de Mayo del año 2011, dirigida a los Diputados Juan Carlos Mendoza y Luis Fishman, concluí que el MINAET tenía la obligación de enseñar claramente sus argumentos macroeconómicos, que sustenten el demostrado esfuerzo del Gobierno Central, por privatizar la generación eléctrica en Costa Rica. Otra conclusión a la que llegamos, fue que el ICE tenía por necesidad práctica, que dar expectativas serias y concretas sobre el uso de la microeconomía (costos medios, marginales, utilidad marginal, que cubran el Sub-Sector de Energía y el de Telecomunicaciones con métodos de contabilidad de costos apropiados, por procesos, actividades, y lotes críticos unitarios totales).
2º El MINAET debería en conjunto con los Departamentos de Estudios Económicos y Estadística del Banco Central, sustentar la cifra de U$D 9.000 millones ––que ese Ministerio supone necesita Costa Rica aplicar en la producción eléctrica nacional hasta el año 2021––. Este sustento debe hacerse calculando una REGRESIÓN MATEMÁTICA Y ESTADÍSTICA ––para el Largo Plazo–– del Saldo Neto de la CUENTA CORRIENTE de la Balanza de Pagos, Y DE LA BALANZA DE PAGOS EN SI (…). El año de inicio de la proyección, debería ser igual al inicio del pago de las AMORTIZACIONES Y PAGO DE LOS INTERESES TEÓRICOS de los Proyectos de Energía ––Hidraulicos, Térmicos, Geotérmicos, Eólicos, Biomasas––, programados por el ICE. Estas estimaciones deben asociar la proyección del Tipo de Cambio Real, el Deficit o Superávit Fiscal del Sector Público, y de las probables medidas expansivas de la economía costarricense, BASADAS en una adecuada oferta de electricidad cuyos costos serían altamente competitivos (crecimiento de los Sectores Comercial, Industrial, Residencial, Agrícola, Zonas Francas, y Exportación de energía a Mesoamérica). Una premisa mayor en estos cálculos, será aceptar el hecho de que el ICE en su gestión posee un atractivo superior desde el punto de vista de las garantías y “fianzas” financieras ––, repago de inversiones iniciales, pago puntual de intereses, concentración de mercado, ––. Esta ventaja o atractivo, son esenciales para cautivar préstamos a través de empréstitos convencionales, líneas de crédito, deudas de largo plazo, financiación de proveedores, y toda la gama de titularizaciones.
4º El producto de este esfuerzo, es obtener el margen económico de dicha CUENTA CORRIENTE, y/o la capacidad que esta “cuenta bancaria” tiene para sufragar en el tiempo los U$D emprestados para la ampliación de las Redes de Energía (y de Telecomunicaciones). Se demostraría positivamente, de acuerdo a lo que conocemos, que sostener el modelo actual (ICE), es lo mejor para la capacidad de pago de todos los habitantes de la República, que no la privatización, la cual es financieramente desventajosa (no actuaría bajo el modelo de verticalidad).
5º Además, la alternativa privada de COGENERACIÓN ELÉCTRICA, parece inclinarse más hacia los RIESGOS DE PROBIDAD en la tarificación y volúmenes de compra/venta, según las lecciones aprendidas desde 1990. En esa prospección de factores económicos, podrá notarse que el sacrificio por la reversibilidad de los costos de capital (principal, dividendos, participaciones, comisiones e intereses) para el Sector Bancario Privado Externo e Interno, ––que vincula a esa COGENERACIÓN ELÉCTRICA––, sería mucho más alto, que el pago de amortización e intereses que el ICE tenga que hacer a los fondos financieros, CON LA VENTAJA DE PARA NUESTRO PAÍS, QUE EL ICE REINVIERTE CUALQUIER MARGEN DE INTERMEDIACIÓN.
6º En cuanto al factor REINVERSIÓN, el ARTÍCULO 3º, de la Ley 7593 (Ley Orgánica de Aresep), exige a empresarios privados e instituciones públicas concesionadas, que las tarifas del servicio eléctrico deben retornar sus inversiones, única y exclusivamente al valor o al costo que se emplea para producirla. No da margen para introducir rangos de rendimientos o ganancias anuales, a menos que la Procuraduría General de la República, o el Tribunal Constitucional o Sala IV, interprete que las ganancias son costos explícitos e implícitos, y que deberían entonces regularse.
ASPECTOS DE ORDEN ECONÓMICO (Ref: BCCR-División Económica-DEC-DIE-DT-05-2010, marzo)
1º El Plan Estratégico del Banco Central requiere actualizar la estimación del Déficit de Cuenta Corriente, introduciendo los efectos del flujo de capital de largo plazo sostenibles, ampliando la consideración de las fuentes de financiamiento externo a la economía, para incluir no sólo la Inversión Extranjera directa, sino también el financiamiento externo de largo plazo público y privado.
2º En cuanto a la primera forma de abordar el tema mencionado, la estimación de la “Cuenta Corriente Objetivo” es un trabajo que “PODRÍA” incorporarse al Plan de Investigación del Departamento de Investigación Económica para el presente período (ignoramos el período o plazo de estimación).
3º Los flujos de capital a corto plazo, son más susceptibles a abandonar la economía que los flujos de largo plazo. Los flujos de deuda que toman forma de préstamos provenientes de bancos extranjeros, son menos volátiles que los flujos de portafolio (capital que no es Inversión Extranjera Directa, o IED). Empero, aunque la IED incrementa la eficiencia en la asignación de capital y en la provisión de liquidez en la economía interna, esto es COYUNTURAL, y dada esa característica, no se mide la expulsión que ocurre con las salidas potenciales de capital de portafolio, lo cual podría desestabilizar el equilibrio del sistema en el corto plazo.
4º La relación de IED, Flujos de Portafolio, Déficit de la Cuenta Corriente de la Balanza de Pagos, y el Financiamiento Externo para el Largo Plazo, no ha sido ejecutada por el Gobierno de la República para efectos del desarrollo eléctrico del país. Esta realidad, deja sin base el argumento REAL Y PERSISTENTE del MINAET, cuando estimula y apoya oficialmente que sólo la IED, PROMOVIDA A ULTRANZA POR EL ACTUAL GOBIERNO A TRAVÉS DEL COMEX Y DE LA COALICIÓN DE INICIATIVAS DE DESARROLLO (CINDE), puede alcanzar la meta de la inversión que ese Ministerio estima en U$D 9.000 mil millones en Plantas de Energía (Públicas y Privadas) del año 2010 al año 2021.
5º La venta al extranjero de las Empresas Públicas Descentralizadas (Bancos, ICE, INS, Puertos) ––bautizadas estratégicamente como “Monopolios” (iniciada en 1982 con los Programas de Ajuste Estructural del FMI, y todavía vigente), representan en las urgencias del ciclo político electoral costarricense, sólo un aumento de liquidez disponible de corto plazo (en el Presupuesto del Gobierno Central), lo que no garantiza que en el mediano y largo plazo, la reversibilidad de las inversiones logradas, no agraven el Déficit actualmente sostenible (5%) de la Cuenta Corriente de la Balanza de Pagos. Con el tiempo esta alternativa económica, puede desembocar en incapacidad de pago para cancelar las deudas-país (Irlanda, Grecia, Portugal, Islandia). Un ejemplo, es el pago único por la explotación del Espectro Radioeléctrico Nacional, que harían Telefónica de España, y Telmex de México, UNA SOLA VEZ.
6º La medida cuantitativa del déficit presupuestario se hace a través de la Contabilidad Nacional que da una buena medida de éste. El problema para el ciudadano común, es interpretar que el Sector Público es la SUMA de TODAS las Instituciones Descentralizadas, más el Gobierno Central. En este sentido, la existencia de más de 1.400 BILLONES de colones de Superávits en dichos Entes Descentralizados, hacen que Costa Rica NO TENGA DÉFICIT FISCAL (datos de la Contraloría General de la República). Sin embargo, una noticia reciente publicada en el diario La República el 31 de Mayo de 2011, afirma que las Entidades descentralizadas han adquirido “Bonos” del Gobierno Central por una suma superior a 2.4 billones de colones. Obviamente si esto es verdadero la situación pareciera ser muy alarmante y estas Instituciones, tendrían una deducción en su capital de trabajo por el importe de esas inversiones (dada la iliquidez del Estado). Este evento debe registrarse cuando menos en NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, en las certificaciones de Auditor Externo de cada Entidad, y deben ser tratadas como incertidumbres, o pasivos contingentes.
7º Los problemas presupuestarios del Estado, se encuentran en el déficit primario (ingresos totales menos egresos totales sin tomar como salidas los intereses de la Deuda). Dicho déficit revela los efectos de las medidas fiscales (aumentos de impuestos-reducción de gastos-eliminación de la evasión tributaria-cuantía de las inversiones), sobre la deuda neta del Sector Público. Otros problemas colaterales que atienden los Gobiernos en este tema, son indagar si el déficit (real) del sector público es sostenible, y si el pago de amortización e intereses de dicha deuda es fácilmente realizable a los vencimientos. La diferencia entre ingresos totales menos egresos totales, más el déficit (o superávit) fiscal primario es lo que se denomina Deuda Pública Acumulada. Algunos economistas sitúan este déficit en un 6% del PIB para el año 2011, y de persistir, sería una grave disyuntiva.
Estas tendencias en el largo plazo, introduciendo el factor de inversión en plantas de energía eléctrica, no se han cuantificado de ninguna manera por parte de las Autoridades Encargadas. Dicha omisión en el análisis de la oferta energética, introduce un vacío en las decisiones de orden político, y las metas prácticas para el crecimiento económico se atrasan considerablemente. Es preocupante también observar que del lado de la demanda energética por parte del empresariado nacional, las estimaciones son todavía bastante frágiles.
8º La estabilidad de la Cuenta Corriente de la Balanza de Pagos, y el sostenimiento de los niveles de la deuda acumulada, en conjunto con el desarrollo de energía en el país a cargo del ICE, es un desafío muy parecido al que existió en esta materia, hacia el año 1949. Este reto, como he sostenido consistentemente, se atendió en lo que respecta a la Oferta Eléctrica, emulando las soluciones norteamericanas de esos años en cuanto a la escogencia de administraciones verticales (Autoridad del Valle del Tennesse o TVA).
La Oferta Eléctrica bajo la verticalidad de estructura empresarial del ICE, impulsó en 62 años parte del ahorro nacional (aplicando precios competitivos y acceso universales). Este ahorro provocó aumentos crecientes de inversión en el país, más cuando se usaron energías renovables desde un principio en la explotación de la energía eléctrica. Ahí están muchas de las explicaciones lógicas sobre la multiplicación de los ingresos económicos, y el destacado aumento del PIB costarricense en ese lapso de tiempo.
CONCLUSIÓN: El personal del ICE, en su integrabilidad, debe debatir con los algunos Altos Funcionarios Ministeriales, sobre los Proyectos de Ley ya conocidos por todos (Ley General, y Ley de Emergencia), aunando a sus explicaciones, los efectos Macro y Microeconómicos que atañen al ICE.
Este debate debe constituirse, ya que desde el año 2006, ha habido desinformación en cuanto a que el ICE en sus dos Sub-Sectores, no tienen precios competitivos, y que su cobertura es inocua, además de que ofrecen mala calidad. Además, es absolutamente conveniente discutir los argumentos economicistas, por lo que se refiere a que una opción lógica para resolver los problemas de la Balanza de Pagos de Costa Rica, consiste en suspender el financiamiento externo al ICE, a través de deudas convencionales de Largo Plazo.
Gracias,
Lic. ELÍAS JOSÉ LIZANO JARQUÍN (Graduado de la Universidad de Costa Rica).
lizano.e@gmail.com
lunes, 4 de abril de 2011
AL ICE SE LE AVISÓ A TIEMPO
TEMAS A TRATAR POR EL ICE COMO PARTE DE LA PRIVATIZACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES. Carta del suscrito al Presidente Ejecutivo del ICE, en 21 de agosto del año 2007, vinculada a la nota del 23 de Abril del año 2007, dirigida al Consejo Directivo del ICE
LIC. ELIAS JOSE LIZANO JARQUÍN
23 de marzo del año 2011
INTRODUCCIÓN:
En el contexto del trámite del Referendo celebrado en Costa Rica en octubre del año 2007, el cual decidió la apertura/privatización de las Telecomunicaciones Nacionales, entendimos como racional y lógico, que la Junta Directiva del ICE, se apoyara en un estudio oficial de COSTO-RIESGO/BENEFICIO (sobre el advenimiento de competencia privada en esa área comercial), ANTES de autorizar por acuerdo firme la aprobación a dicho Proyecto de Ley, y ANTES de que se resolviera el Referendo de cita ––ver Sesión 5758 del C.D. del ICE del 25-09-06––. Nuestro criterio fue remitido a la J.D. del ICE, en carta del 23 de Abril del año 2007, y decía (en forma resumida):
“…Que la Junta Directiva del ICE concrete una declaración puntual, vinculada a la programada apertura de las telecomunicaciones nacionales, votada en una sesión de ese Cuerpo, --de cara a todos los usuarios y habitantes del país, o bien dirigido al TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES…--, en la cual se presente un análisis cualitativo y cuantitativo esclarecedor y seriamente técnico, del COSTO/BENEFICIO de dicha apertura..(señalando) consecuencias en las ganancias netas del ICE..(y refiriendo una posible) contracción del ingreso disponible de los consumidores costarricenses”.
La Defensoría de los Habitantes (oficio 06460-08-DHR del martes 8 de Julio del 2008), ante el caso 5899-2007-SI, pidió al señor Pedro Pablo Quirós Cortés, Presidente Ejecutivo del ICE lo siguiente:
1.- Análisis Cuantitativo y Cualitativo de la apertura de las Telecomunicaciones.
2.- Referirse al tema de la Tasa Interna de Retorno.
3.- Indicar qué tipo de análisis financiero se ha hecho sobre los resultados económicos de las principales empresas de Telecomunicaciones en América Latina.
4.- Brindar una explicación sobre el tema de tarifas; también en cuanto al Planeamiento físico y financiero, y sobre el rezago tarifario y la mora en obras físicas.
5.- En cuanto a la constitución de redes regionales de telefonía y electricidad, cuál es el papel real y material que está realizando el ICE o sus funcionarios.
El señor Quirós planteó a la Defensoría (oficio 0060-503-2007 \\ 28-8-07), que: “…nos otorguen una ampliación del plazo para brindar la respuesta…a efecto de que este Instituto cuente con el plazo necesario…para cumplir satisfactoriamente con cada uno de los requerimientos del Lic. Elías José Lizano Jarquín”. La DHR sentenció que “le solicito…enviar el informe correspondiente a la mayor brevedad…por haberse acatado los contenidos legales de razonabilidad y proporcionalidad”.
Visto que se llevó a cabo la votación ciudadana para el Referendo de marras sin contar con la información del COSTO-RIESGO/BENEFICIO, acudimos al Tribunal Constitucional en procura de la información citada ( Recurso de Amparo del 11 de noviembre del año 2007 Nº 07-14269), y en vista del mismo, las (as) Magistrados, fallaron favorablemente (sentencia 1624-2008), habiendo fijado un plazo definitivo de 15 días hábiles para que el señor Quirós Cortés cumpliera con la Ley.
Ante lo anterior, el señor Quirós Cortés, por medio de su intermediario y consejero, Lic. Geovanni Bonilla Goldoni, Jefe de la Asesoría Jurídica del ICE, contestó: a) “El estudio solicitado por el señor Lizano Jarquín no existía como tal en la Institución, o sea, no se había elaborado estudio en los precisos términos solicitados por el señor Lizano Jarquín, de forma tal que no se le negó el acceso a una información existente... el señor Quirós Cortes señala; b) “…sostiene que tal investigación es muy compleja. En su criterio el proceso de elaboración del estudio solicitado resulta difícil, no sólo por las diferentes disciplinas profesionales involucradas, la conciliación de los puntos de vista de los profesionales que analizan el tema, la necesidad de plantearse diferentes escenarios y, en general por aspectos todavía indefinidos al estar pendiente la aprobación de las leyes de implementación… El Lic. Bonilla Goldoni, concluye su tarea, registrando (nota de él, autenticada por la abogada Ligia Picado Arguedas), que: …solicitamos…se declare sin lugar el recurso de amparo en el tanto pretende interrumpir el análisis de los Proyectos de Ley 16.397 y 16.398 actualmente en conocimiento de la Asamblea Legislativa” (Ley General de Telecomunicaciones, y Ley de Fortalecimiento del ICE).
La posición del Presidente Ejecutivo del ICE, y de su Jefe de Asesoría Jurídica, prevalecieron al final de todo el proceso de reclamo hecho por nosotros ante la Sala IV, a pesar incluso, de la existencia de una Acción de Inconstitucionalidad que también presentamos (08-6966-007-CO).
Posteriormente recurrimos al Ministerio Público, en la persona del Lic. Francisco Dall-Anese Ruiz, con el mismo propósito, por escrito entregado el 12-11-08). El resultado de esta gestión, desembocó en apreciación legal del Juzgado Penal de Goicoechea, el cual interpretó que la desobediencia (la del Sr. Quirós Cortés), en este tipo de apelaciones, no identifican delito alguno, por lo tanto nuestra gestión quedaba nulificada. Por último, redactamos un incidente parecido para discutir nuestros argumentos en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, pero técnicas jurídicas, y el costo en dinero del proceso, nos impidieron llegar a esa etapa.
El 27 de Enero también del año 2010, con la finalidad de abundar en nuestros argumentos, explicamos por escrito a los Magistrados del Tribunal Constitucional, que la “entrega” de 208.6 MHz a una sola empresa (finalmente fue a dos Corporaciones), daría paso a un Monopolio Comercial, “justo lo contrario de las excusas mostradas en el proceso de aprobación del CR-CAFTA”, en cuanto a que era indispensable para favorecer a los consumidores, destruir el “Monopolio” Público, por la libertad de escogencia inherente de un mercado libre.
Con la emisión del Decreto Ejecutivo 34646 del 22-12-09, en el que se legaliza (¿?) la concesión del Espectro Radioeléctrico a los operadores de telecomunicaciones privados, volvimos a argumentar ante el Tribunal Constitucional sobre lo inconveniente de esa medida, por medio de otra Acción de Inconstitucionalidad (entregada el 02-02-10), que descansaba en el pronunciamiento de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA (Oficio OJ-076-2009- del 12-08-09). Este pronunciamiento dijo que las leyes 8642 y 8660, daban el ICE el derecho de mantener sus concesiones por tiempo indefinido, por el plazo legal del Instituto. También se adujo que no se había creado el Consejo Sectorial de Telecomunicaciones, como exigían las normas jurídicas de la apertura.
El cálculo de sensibilidad (COSTO-RIESGO/BENEFICIO) sobre la privatización de las telecomunicaciones, era todavía más imperioso, toda vez que el ICE probablemente carezca de experiencia reciente en la valoración financiera, y en los resguardos económicos a que obliga un mercado en competencia. De ahí que el 21-08-07, además del esfuerzo encaminado ante la Sala Constitucional y el Ministerio Público, escribimos parte de la metodología financiera que el ICE podría retomar para verificar las pérdidas de mercado y el alza tarifaria que necesariamente ocurrirán. Estos procedimientos de análisis, son casi los mismos que un equipo del ICE (en el cual participamos) llevó a cabo con expertos de la firma Asesora CHAS. T. MAIN de Boston, M. EE.UU, con motivo de la financiación del Banco Mundial para la construcción de entonces P.H. Cachí; Pero también estos procedimientos están presentes en la enseñanza universitaria actual de las matemáticas financieras, como cursos naturales para la profesión de Administración de Negocios.
Deseamos recordar nuestra absoluta posición contraria a la desnacionalización de las Telecomunicaciones de Costa Rica, actitud que fuera publicada en el periódico la Extra en pasada fecha, y que la hemos tomado como corolario de lo señalado por el economista señor Gilberto Arce, en el Diario La Nación del 7 de Abril del año 2010.
“Este servidor ha venido insistiendo a largo de muchos meses y años, que la supuesta apertura no se basó en evidencias y modelos empíricos, y que sus promulgadores, no se atuvieron a lo más exigido de la técnica y las disciplinas financieras, económicas y legales, tal y como los pretendían los incisos 3 y 8 del Decreto-Ley 449, y también casualmente el artículo 11 de la Ley 8660, y toda la normativa agregada que le dio vida jurídica al ICE, y delimita su operación.
Tal actitud gubernamental de no indagar los sacrificios y bondades que se darían con las aperturas en Telecomunicaciones y ahora en electricidad, se basó en nuestra opinión, en creencias o a lo suma en ideologías políticas no confirmadas en los hechos y en la objetividad. Nos parece que los habitantes de la República, presenciaremos y cuantificaremos en el mediano plazo, la concreción de un despojo de nuestros bienes difusos o colectivos (demaniales)”.
De acuerdo con lo anterior, exponemos la generalidad de los procedimientos de análisis mencionados anteriormente, divididos en 38 aspectos de ese desarrollo de PLANIFICACIÓN OPERATIVA algunos con intención reiterativa. Estas acciones de cálculo o estimación, o algunas otras de orden alternativo pero con el mismo producto, nos parece que el ICE debió implementar, ante la presión y urgencia que el MINAET efectuaba (2006-2010) para lograr autorizar jurídicamente el Proyecto de Ley de Apertura de las Telecomunicaciones del país, ESPECIFICAMENTE LOS MARCADOS CON LOS NÚMEROS 13-14-15-16-17-18-21 y 30, SIGUIENTES. Para la fecha mencionada, presentamos copia del escrito a la ARESEP, CONTRALORIA GENERAL, y otros interesados.
SOBRE LAS OBSERVACIONES INTRODUCTORIAS DE LA NOTA DEL 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2007
12 asuntos fueron remitidos a la J.D. del ICE, inclinados mayormente a problemas de probidad: Perjuicios a la Entidad, por el trámite anual de la Póliza U-500; Antecedentes de la Empresa Millicom y su Proyección en RACSA; Generación Privada de Electricidad, y existencia de un informe interno conocido infructuosamente por la J.D. del ICE sobre pérdidas del país en varios centenares de millones de U$D, por la producción paralela de electricidad (leyes 7200-7508); Análisis de probidad en las contrataciones con las SALES; beneficios medibles para Costa Rica del funcionamiento de la SIEPAC y el MER; afectaciones para el ICE de los condicionantes financieros para la Institución impuestos por el M. de Hacienda y Banco Central, en acatamiento a disposiciones de los Programas de Ajuste Estructural del FMI y del BM; Fundamentación legal sobre las transferencias de dinero al Gobierno Central (casi U$D 500 millones), por adquisición de títulos valores, en supuesta violación a la Ley 449; limitaciones sistemáticas a la inversión y ampliación de las Redes versus demanda, por alegatos de equilibrio macroeconómicos; inexistencia histórica de balances o equilibrios tarifarios para el ICE, que respondieran al crecimiento del PIB; Resultado comprensible sobre la acusación de “emisión de contratos lesivos” (CGR), dados por ARESEP, a determinados generadores privados de electricidad, específicamente en la aprobación de la “claúsula nocturna”, y la fijación (no regulada) de incrementos tarifarios anuales, e indexaciones monetarias en perjuicio del ICE; registro contable de Arrendamientos Financieros como Operativos, por una suma aproximada de U$D 500 millones (Estados Financieros del año 2005), que provocaron un menor coeficiente de endeudamiento para el ICE, pero supuestamente esconden su real Perfil Financiero.
COLOFÓN PRESUPUESTARIO DEL ICE A DIC. DEL AÑO 2010 Y 2011
Estamos bastante seguros, que el ICE no concilia matemáticamente los resultados económicos de su gestión con las liquidaciones presupuestarias. Esta presunción la hacemos por cuanto no hemos encontrado reportes de la CGR en este sentido. El Capital de Trabajo del Grupo ICE según su Balance de Situación, fue de CRC 179.562 millones, al 30 de Junio anterior. Las cifras de los ingresos y gastos presupuestarios de dicho período, produjeron un superávit de carácter disponible, de CRC 425.400 millones, marcando una diferencia (que debe explicarse), con dicho Capital de Trabajo; El promedio de los superávits en el período 2006-2010 CRC fue de CRC 325.840 millones. Para el año 2011, el ICE presupuestó CRC 80.544 millones, para alquileres, publicidad, gestión y apoyo, transporte en el exterior, viáticos en el exterior, actividades de protocolo, gastos de representación, y los renglones de Superávit Libre, Específico, y Sin Asignación, todo para una suma global de CRC 334.687.2. Sólo en publicidad, el gasto previsto para el presente ejercicio, es de CRC 18.839.4 millones, dato sorprendente para un país con problemas de financiamiento del gasto público, según ha verificado el Ministerio de Hacienda.
Por otra parte, el Superávit del Sector Público ascendió a CRC 1.565.3 millones, con un contenido de CRC de 1.400 millones en activos de corto plazo (efectivo y valores); los datos pueden encontrarse en la página de CGR denominada “Vinculación de los Presupuestos con el Resultado Fiscal- febrero del 2011”.
Para el año 2011, la CGR, estima que al ICE le faltarán fondos por la suma de CRC 142,285.2 MILLONES para necesidades en el Sub-Sector de Energía; las causas del futuro faltante se deben a los REZAGOS TARIFARIO, USO DE COMBUSTIBLES, PAGOS A LOS CO-GENERADORES, E IMPORTACIÓN DE ENERGÍA (Sesión 5923 del C.D. del ICE, de fecha 21-09-10
La disponibilidad del Superavits en el ICE, mereció el siguiente comentario del Ente Contralor:
“…Considerando que ese Instituto se encuentra frente a un proceso de apertura del mercado de las telecomunicaciones, es necesario que los supuestos que sustentan las estimaciones de ingresos incorporados en el presupuesto sean objeto de revisión, valoración y monitoreo permanente para garantizar la efectividad de los recursos; así como, para efecto que se tomen las decisiones tendientes a desarrollar nuevas actividades o que adapte las existentes, con el objetivo de lograr mantener la presencia del ICE en el mercado de las telecomunicaciones. Lo anterior en base a las competencias dadas por la SUTEL. Al cabo de los años, se han acumulado montos de superávit presupuestario que en su mayoría conforman activos líquidos de corto plazo. Como contraparte de los cuales, existen pasivos como créditos o Vinculación de los presupuestos con el resultado fiscal “.
CARENCIAS Y FALENCIAS EN LAS ESTIMACIONES FINANCIERAS, NOTA DEL 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2007
1.- La Tasa de Interés del ICE sobre sus ingresos brutos es reducida con respecto a las empresas de telecomunicaciones en América Latina.
2.- Las empresas de Telecomunicaciones del Mundo logran altos réditos netos de gestión (la demanda es muy inelástica). El ICE no puede hacerlo por su obligación (ya anulada) del servicio al costo; tampoco procura balances o equilibrios tarifarios con los Reguladores, o éstos no acceden a reconocerlos.
3.- El Sector de Energía de un país es altamente prioritario y debe financiarse. En Costa Rica se ha descuidado este aspecto.
4.- Es imposible comparar las estructuras de ingresos y costos de las empresas de telecomunicaciones internacionales con el ICE, debido a la antiguedad de sus normas registrales.
5.- Es urgente definir cuál es el programa de incorporación de más activos a las Redes Eléctricas y de Telecomunicaciones, para aproximar los mercados de bienes financieros, teniendo en cuenta que los Fideicomisos y Titulación succionan más intereses que otras modalidades de apalancamiento.
6.- Urge conocer la disponibilidad de inversión extranjera (en la UE, Japón, India, China, Brasil, o el Banco Mundial).
7.- El ICE no hace uso de la disponibilidad de los métodos informáticos para el manejo financiero y físico de mediano y largo plazo.
8.- El ICE (o su Grupo), no ajusta la afectación que se produce con los rangos inflacionarios del país, especialmente los habidos durante 20 años atrás (de casi un 200%). Nadie podría atreverse a confirmar los saldos de los réditos reales que impactaron el PATRIMONIO SOCIAL con los EE.FF. actuales.
9.- La Entidad (o su Grupo), distribuye dividendos (CNFL y RACSA), y decide nuevas inversiones, con los criterios nominales (y no reales), de la acumulación contable.
10.- Es indispensable re-expresar (volver a presentar) los niveles del pasivo fijo, patrimonio, y costos de operación o costo de ventas, para identificar la posición monetaria neta del Instituto (Capital de Trabajo certificado).
11.- El ICE tiene un procedimiento de revaluación de sus activos. Este método no provee fondos monetarios reales para la expansión de las redes, y se hace sobre saldos de activos obsoletos (i.e. Plantas Hidroeléctricas, Subestaciones y L.T. que ya están amortizadas).
12.- La Organización no ejemplifica permanentemente sus resultados anuales, a través del método de BENCHMARK (y entonces carece de datos sobre los rangos de costos y de ganancia marginal de otras empresas de América Latina para lo que se acostumbra en gestión gerencial).
13.- La Institución no acostumbra presupuestar un rédito de desarrollo, en el espacio de las aplicaciones de fondos contable, opacando en buena parte su autofinanciamiento.
14.- Los incrementos tarifarios que solicitó la Institución a ARESEP, normalmente fueron modificados a la baja (incluyendo el retorno de los costos del uso de combustibles), y es muy difícil que los Reguladores estén anuentes a dar un equilibrio financiero al ICE, para su sostenimiento en el largo plazo (Telecom y Energía); la influencia política en básica.
15.- Parece que no existe claridad EN LAS ALTAS AUTORIDADES DEL PAIS, en cuanto a que las tarifas deben devolver en el tiempo, el costo corriente global (inventarios, operación y mantenimiento, administración, gastos generales, servicio de la deuda, depreciación, y utilidad de mercado).
16.- El ICE carece de una contabilidad o sistema de costeo generalmente aceptado. En consecuencia las Autoridades desconocen los precios y las tarifas de equilibrio, y los verdaderos flujos de pagos anuales que con seguridad pueden proyectarse en el tiempo.
17.- Los funcionarios del ICE, no usan las técnicas financieras de: Valor Actual Neto, Flujos de Caja Descontados, Tasa Interna de Retorno, Costo de Oportunidad de los rendimientos, y Ganancia Marginal de mercado. Estas técnicas son indispensables en las decisiones de negocios en competencia.
18.- Al no disponer de una contabilidad de los costos, el ICE no practica la cuantificación de los COSTOS MEDIOS NI COSTOS MARGINALES de sus servicios. Existe de hecho un subsidio de unas tarifas con respecto a otras, circunstancia desventajosa en términos de mercados en competencia. El ICE (ambos sectores), no especializaron NUNCA una Gerencia Estratégica de los Costos (análisis de variación casi en línea de la cadena productiva).
19.- Actualmente el ICE subsidia la telefonía fija con otros ingresos. El mercado competitivo provocará una contracción de más o menos 250.000 accesos, agregándose otro factor a la reduciendo las ventas por pérdida de mercado.
20.- A diciembre del año 2005, el Sistema de Telecomunicaciones del ICE perdió 25.415 millones de colones. Estas pérdidas son asumidas por otras facturaciones tomadas en conjunto, alterando toda la lógica de costeo.
21.- La Institución debe acudir a los mercados financieros, con la normalización moderna de los registros económicos contables (incorporación de las NICs, NICsSP, NIIFs, o las derivaciones de las interpretaciones del Financial Accounting Standards Board, y las modernas Normas Internacionales de Auditoría). Estos cambios el ICE los pudo hacer en el año 2006, usando las competencias de la Ley 449, después derogada por la 8660.
22.- El ICE no cuenta ni ha tenido VOZ Y VOTO en las decisiones de orden Macroeconómico del país. La escogencia del Banco Central respecto del ICE, fue priorizar las razones fiscales y monetarias del mercado crediticio, para lograr equilibrios en el tipo de cambio, baja inflación, y reducido endeudamiento, desplazando las inversiones en las Redes y el Espectro Radioeléctrico, y lo que es más grave, en los Proyectos de Generación Eléctrica.
23.- La Institución registra arrendamientos financieros como operativos, alterando su realidad financiera y los indicadores de gestión ––este detalle no ha sido estudiado por la Contraloría General––. Este registro usado correctamente, daría otros coeficientes de gestión, principalmente de endeudamiento.
24.- El ICE no tiene en estos tiempos una valoración económica que provenga de comparar su programa de expansión y el programa financiero relacionado. Las causas se encuentran en el Banco Central y el M. de Hacienda.
25.- También la Entidad, subestima la presentación de los pasivos de largo plazo ––registra una cantidad menor que la real––, y la capacidad económica para enfrentarlos.
26.- Hay ausencia de un único programa digital integrado para todos los procesos de contabilidad, presupuesto, y de costeo. Esta falencia impide la formulación de un Plan Tarifario Satisfactorio, dañando la ejecución presupuestaria.
27.- Resultado de no aplicar técnicas financieras actuales, es imposible hacer cálculos de fondos descontados a un costo de capital determinado (costo de oportunidad de los rendimientos) en los registros contables/presupuestarios del ICE. Tampoco existe la posibilidad de compararse en cuanto a la gestión de rentabilidad, con los resultados de América Móvil, Telmex, Telefónica de Latinoamérica, y otros.
28.- Lamentablemente, el ICE no ejecuta cálculos de sus ingresos y egresos, con rentabilidades deseadas, y con los impactos del pago de impuestos (especialmente el Impuesto sobre la renta, y las derivaciones del Impuesto de Ventas y Territorial).
29.- Si la Institución decide hacer estudios financieros, sumará los incrementos de la nueva regulación y el 4% de ley para formar el capital de trabajo del Consejo Sectorial de Telecomunicaciones ––en última instancia, sería el fondo de trabajo de FONATEL ––.
30.- La Entidad no tiene claro que al cobrar su costo real operativo, incluyendo el costo de oportunidad del mercado, los consumidores tendrán un aumento en las tarifas, o una disminución en el ingreso disponible y medio de los consumidores.
31.- La diferencia de tarifas (positiva) con respecto a Centroamérica, incluyendo Panamá, se debe a la filosofía redistributiva del ingreso por la explotación de los servicios que le impuso la legislación vigente al ICE. No necesitó hasta ahora llegar a los costos medios y marginales. Los países al norte de Costa Rica tienen OTRAS circunstancias de mercado (negativas para los consumidores).
32.- El costo de manejo del ICE (overhead y gestión general), llegó al mes de Diciembre del año 2005 a 133.997 millones de colones. Dicho saldo no se distribuye técnicamente entre los Sectores, distorsionando cualquier cálculo tarifario.
33.- Se supone que los ingresos de Telecomunicaciones (rentables), subsidian algunas operaciones en el Sector de Energía. Al emplearse mercados en competencia, este subsidio indirecto no se dará más.
34.- La Entidad no tiene certeza de aproximadamente “cuánto” es la inversión a hacer en el desarrollo de las Redes, conforme a la demanda.
35.- El advenimiento de “un mercado en competencia”, producirá para el consumidor sujeción inamovible a los precios altos de un sistema cuasi-monopólico, que sólo aspiraría por su naturaleza y única pretensión de éxito, a tener las más altas ganancias.
36.- El Balance General de la Entidad, registra a Diciembre del año 2005, la suma de 164.975 millones de colones en títulos valores pertenecientes al Gobierno Central, violando la disposición legal de la época, de que el ICE no financiaría absolutamente al Estado.
37.- Se advirtió al Presidente Ejecutivo del ICE, sobre afirmaciones de AOL-Latino Foros – México que textualmente dice: “Dado que la energía es el motor del actual sistema de producción capitalista, controlar toda la cadena productiva vinculada al sector significa un gran negocio, porque permite reducir costos y sacar más ganancia”.
38.- Con base a lo explicado, pedimos al Presidente Ejecutivo y a la Junta Directiva del ICE, de la Administración 2006-2010, hacer un planteamiento global, comprensible, para que el ciudadano supiera con oportunidad las razones de los cambios y las nuevas orientaciones del Poder Ejecutivo de cita, cuestión que no fue lograda de ninguna manera.
Atentamente,
LIC. ELIAS JOSE LIZANO JARQUÍN
Economista y CPA, UCR y CCPCR.
LIC. ELIAS JOSE LIZANO JARQUÍN
23 de marzo del año 2011
INTRODUCCIÓN:
En el contexto del trámite del Referendo celebrado en Costa Rica en octubre del año 2007, el cual decidió la apertura/privatización de las Telecomunicaciones Nacionales, entendimos como racional y lógico, que la Junta Directiva del ICE, se apoyara en un estudio oficial de COSTO-RIESGO/BENEFICIO (sobre el advenimiento de competencia privada en esa área comercial), ANTES de autorizar por acuerdo firme la aprobación a dicho Proyecto de Ley, y ANTES de que se resolviera el Referendo de cita ––ver Sesión 5758 del C.D. del ICE del 25-09-06––. Nuestro criterio fue remitido a la J.D. del ICE, en carta del 23 de Abril del año 2007, y decía (en forma resumida):
“…Que la Junta Directiva del ICE concrete una declaración puntual, vinculada a la programada apertura de las telecomunicaciones nacionales, votada en una sesión de ese Cuerpo, --de cara a todos los usuarios y habitantes del país, o bien dirigido al TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES…--, en la cual se presente un análisis cualitativo y cuantitativo esclarecedor y seriamente técnico, del COSTO/BENEFICIO de dicha apertura..(señalando) consecuencias en las ganancias netas del ICE..(y refiriendo una posible) contracción del ingreso disponible de los consumidores costarricenses”.
La Defensoría de los Habitantes (oficio 06460-08-DHR del martes 8 de Julio del 2008), ante el caso 5899-2007-SI, pidió al señor Pedro Pablo Quirós Cortés, Presidente Ejecutivo del ICE lo siguiente:
1.- Análisis Cuantitativo y Cualitativo de la apertura de las Telecomunicaciones.
2.- Referirse al tema de la Tasa Interna de Retorno.
3.- Indicar qué tipo de análisis financiero se ha hecho sobre los resultados económicos de las principales empresas de Telecomunicaciones en América Latina.
4.- Brindar una explicación sobre el tema de tarifas; también en cuanto al Planeamiento físico y financiero, y sobre el rezago tarifario y la mora en obras físicas.
5.- En cuanto a la constitución de redes regionales de telefonía y electricidad, cuál es el papel real y material que está realizando el ICE o sus funcionarios.
El señor Quirós planteó a la Defensoría (oficio 0060-503-2007 \\ 28-8-07), que: “…nos otorguen una ampliación del plazo para brindar la respuesta…a efecto de que este Instituto cuente con el plazo necesario…para cumplir satisfactoriamente con cada uno de los requerimientos del Lic. Elías José Lizano Jarquín”. La DHR sentenció que “le solicito…enviar el informe correspondiente a la mayor brevedad…por haberse acatado los contenidos legales de razonabilidad y proporcionalidad”.
Visto que se llevó a cabo la votación ciudadana para el Referendo de marras sin contar con la información del COSTO-RIESGO/BENEFICIO, acudimos al Tribunal Constitucional en procura de la información citada ( Recurso de Amparo del 11 de noviembre del año 2007 Nº 07-14269), y en vista del mismo, las (as) Magistrados, fallaron favorablemente (sentencia 1624-2008), habiendo fijado un plazo definitivo de 15 días hábiles para que el señor Quirós Cortés cumpliera con la Ley.
Ante lo anterior, el señor Quirós Cortés, por medio de su intermediario y consejero, Lic. Geovanni Bonilla Goldoni, Jefe de la Asesoría Jurídica del ICE, contestó: a) “El estudio solicitado por el señor Lizano Jarquín no existía como tal en la Institución, o sea, no se había elaborado estudio en los precisos términos solicitados por el señor Lizano Jarquín, de forma tal que no se le negó el acceso a una información existente... el señor Quirós Cortes señala; b) “…sostiene que tal investigación es muy compleja. En su criterio el proceso de elaboración del estudio solicitado resulta difícil, no sólo por las diferentes disciplinas profesionales involucradas, la conciliación de los puntos de vista de los profesionales que analizan el tema, la necesidad de plantearse diferentes escenarios y, en general por aspectos todavía indefinidos al estar pendiente la aprobación de las leyes de implementación… El Lic. Bonilla Goldoni, concluye su tarea, registrando (nota de él, autenticada por la abogada Ligia Picado Arguedas), que: …solicitamos…se declare sin lugar el recurso de amparo en el tanto pretende interrumpir el análisis de los Proyectos de Ley 16.397 y 16.398 actualmente en conocimiento de la Asamblea Legislativa” (Ley General de Telecomunicaciones, y Ley de Fortalecimiento del ICE).
La posición del Presidente Ejecutivo del ICE, y de su Jefe de Asesoría Jurídica, prevalecieron al final de todo el proceso de reclamo hecho por nosotros ante la Sala IV, a pesar incluso, de la existencia de una Acción de Inconstitucionalidad que también presentamos (08-6966-007-CO).
Posteriormente recurrimos al Ministerio Público, en la persona del Lic. Francisco Dall-Anese Ruiz, con el mismo propósito, por escrito entregado el 12-11-08). El resultado de esta gestión, desembocó en apreciación legal del Juzgado Penal de Goicoechea, el cual interpretó que la desobediencia (la del Sr. Quirós Cortés), en este tipo de apelaciones, no identifican delito alguno, por lo tanto nuestra gestión quedaba nulificada. Por último, redactamos un incidente parecido para discutir nuestros argumentos en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, pero técnicas jurídicas, y el costo en dinero del proceso, nos impidieron llegar a esa etapa.
El 27 de Enero también del año 2010, con la finalidad de abundar en nuestros argumentos, explicamos por escrito a los Magistrados del Tribunal Constitucional, que la “entrega” de 208.6 MHz a una sola empresa (finalmente fue a dos Corporaciones), daría paso a un Monopolio Comercial, “justo lo contrario de las excusas mostradas en el proceso de aprobación del CR-CAFTA”, en cuanto a que era indispensable para favorecer a los consumidores, destruir el “Monopolio” Público, por la libertad de escogencia inherente de un mercado libre.
Con la emisión del Decreto Ejecutivo 34646 del 22-12-09, en el que se legaliza (¿?) la concesión del Espectro Radioeléctrico a los operadores de telecomunicaciones privados, volvimos a argumentar ante el Tribunal Constitucional sobre lo inconveniente de esa medida, por medio de otra Acción de Inconstitucionalidad (entregada el 02-02-10), que descansaba en el pronunciamiento de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA (Oficio OJ-076-2009- del 12-08-09). Este pronunciamiento dijo que las leyes 8642 y 8660, daban el ICE el derecho de mantener sus concesiones por tiempo indefinido, por el plazo legal del Instituto. También se adujo que no se había creado el Consejo Sectorial de Telecomunicaciones, como exigían las normas jurídicas de la apertura.
El cálculo de sensibilidad (COSTO-RIESGO/BENEFICIO) sobre la privatización de las telecomunicaciones, era todavía más imperioso, toda vez que el ICE probablemente carezca de experiencia reciente en la valoración financiera, y en los resguardos económicos a que obliga un mercado en competencia. De ahí que el 21-08-07, además del esfuerzo encaminado ante la Sala Constitucional y el Ministerio Público, escribimos parte de la metodología financiera que el ICE podría retomar para verificar las pérdidas de mercado y el alza tarifaria que necesariamente ocurrirán. Estos procedimientos de análisis, son casi los mismos que un equipo del ICE (en el cual participamos) llevó a cabo con expertos de la firma Asesora CHAS. T. MAIN de Boston, M. EE.UU, con motivo de la financiación del Banco Mundial para la construcción de entonces P.H. Cachí; Pero también estos procedimientos están presentes en la enseñanza universitaria actual de las matemáticas financieras, como cursos naturales para la profesión de Administración de Negocios.
Deseamos recordar nuestra absoluta posición contraria a la desnacionalización de las Telecomunicaciones de Costa Rica, actitud que fuera publicada en el periódico la Extra en pasada fecha, y que la hemos tomado como corolario de lo señalado por el economista señor Gilberto Arce, en el Diario La Nación del 7 de Abril del año 2010.
“Este servidor ha venido insistiendo a largo de muchos meses y años, que la supuesta apertura no se basó en evidencias y modelos empíricos, y que sus promulgadores, no se atuvieron a lo más exigido de la técnica y las disciplinas financieras, económicas y legales, tal y como los pretendían los incisos 3 y 8 del Decreto-Ley 449, y también casualmente el artículo 11 de la Ley 8660, y toda la normativa agregada que le dio vida jurídica al ICE, y delimita su operación.
Tal actitud gubernamental de no indagar los sacrificios y bondades que se darían con las aperturas en Telecomunicaciones y ahora en electricidad, se basó en nuestra opinión, en creencias o a lo suma en ideologías políticas no confirmadas en los hechos y en la objetividad. Nos parece que los habitantes de la República, presenciaremos y cuantificaremos en el mediano plazo, la concreción de un despojo de nuestros bienes difusos o colectivos (demaniales)”.
De acuerdo con lo anterior, exponemos la generalidad de los procedimientos de análisis mencionados anteriormente, divididos en 38 aspectos de ese desarrollo de PLANIFICACIÓN OPERATIVA algunos con intención reiterativa. Estas acciones de cálculo o estimación, o algunas otras de orden alternativo pero con el mismo producto, nos parece que el ICE debió implementar, ante la presión y urgencia que el MINAET efectuaba (2006-2010) para lograr autorizar jurídicamente el Proyecto de Ley de Apertura de las Telecomunicaciones del país, ESPECIFICAMENTE LOS MARCADOS CON LOS NÚMEROS 13-14-15-16-17-18-21 y 30, SIGUIENTES. Para la fecha mencionada, presentamos copia del escrito a la ARESEP, CONTRALORIA GENERAL, y otros interesados.
SOBRE LAS OBSERVACIONES INTRODUCTORIAS DE LA NOTA DEL 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2007
12 asuntos fueron remitidos a la J.D. del ICE, inclinados mayormente a problemas de probidad: Perjuicios a la Entidad, por el trámite anual de la Póliza U-500; Antecedentes de la Empresa Millicom y su Proyección en RACSA; Generación Privada de Electricidad, y existencia de un informe interno conocido infructuosamente por la J.D. del ICE sobre pérdidas del país en varios centenares de millones de U$D, por la producción paralela de electricidad (leyes 7200-7508); Análisis de probidad en las contrataciones con las SALES; beneficios medibles para Costa Rica del funcionamiento de la SIEPAC y el MER; afectaciones para el ICE de los condicionantes financieros para la Institución impuestos por el M. de Hacienda y Banco Central, en acatamiento a disposiciones de los Programas de Ajuste Estructural del FMI y del BM; Fundamentación legal sobre las transferencias de dinero al Gobierno Central (casi U$D 500 millones), por adquisición de títulos valores, en supuesta violación a la Ley 449; limitaciones sistemáticas a la inversión y ampliación de las Redes versus demanda, por alegatos de equilibrio macroeconómicos; inexistencia histórica de balances o equilibrios tarifarios para el ICE, que respondieran al crecimiento del PIB; Resultado comprensible sobre la acusación de “emisión de contratos lesivos” (CGR), dados por ARESEP, a determinados generadores privados de electricidad, específicamente en la aprobación de la “claúsula nocturna”, y la fijación (no regulada) de incrementos tarifarios anuales, e indexaciones monetarias en perjuicio del ICE; registro contable de Arrendamientos Financieros como Operativos, por una suma aproximada de U$D 500 millones (Estados Financieros del año 2005), que provocaron un menor coeficiente de endeudamiento para el ICE, pero supuestamente esconden su real Perfil Financiero.
COLOFÓN PRESUPUESTARIO DEL ICE A DIC. DEL AÑO 2010 Y 2011
Estamos bastante seguros, que el ICE no concilia matemáticamente los resultados económicos de su gestión con las liquidaciones presupuestarias. Esta presunción la hacemos por cuanto no hemos encontrado reportes de la CGR en este sentido. El Capital de Trabajo del Grupo ICE según su Balance de Situación, fue de CRC 179.562 millones, al 30 de Junio anterior. Las cifras de los ingresos y gastos presupuestarios de dicho período, produjeron un superávit de carácter disponible, de CRC 425.400 millones, marcando una diferencia (que debe explicarse), con dicho Capital de Trabajo; El promedio de los superávits en el período 2006-2010 CRC fue de CRC 325.840 millones. Para el año 2011, el ICE presupuestó CRC 80.544 millones, para alquileres, publicidad, gestión y apoyo, transporte en el exterior, viáticos en el exterior, actividades de protocolo, gastos de representación, y los renglones de Superávit Libre, Específico, y Sin Asignación, todo para una suma global de CRC 334.687.2. Sólo en publicidad, el gasto previsto para el presente ejercicio, es de CRC 18.839.4 millones, dato sorprendente para un país con problemas de financiamiento del gasto público, según ha verificado el Ministerio de Hacienda.
Por otra parte, el Superávit del Sector Público ascendió a CRC 1.565.3 millones, con un contenido de CRC de 1.400 millones en activos de corto plazo (efectivo y valores); los datos pueden encontrarse en la página de CGR denominada “Vinculación de los Presupuestos con el Resultado Fiscal- febrero del 2011”.
Para el año 2011, la CGR, estima que al ICE le faltarán fondos por la suma de CRC 142,285.2 MILLONES para necesidades en el Sub-Sector de Energía; las causas del futuro faltante se deben a los REZAGOS TARIFARIO, USO DE COMBUSTIBLES, PAGOS A LOS CO-GENERADORES, E IMPORTACIÓN DE ENERGÍA (Sesión 5923 del C.D. del ICE, de fecha 21-09-10
La disponibilidad del Superavits en el ICE, mereció el siguiente comentario del Ente Contralor:
“…Considerando que ese Instituto se encuentra frente a un proceso de apertura del mercado de las telecomunicaciones, es necesario que los supuestos que sustentan las estimaciones de ingresos incorporados en el presupuesto sean objeto de revisión, valoración y monitoreo permanente para garantizar la efectividad de los recursos; así como, para efecto que se tomen las decisiones tendientes a desarrollar nuevas actividades o que adapte las existentes, con el objetivo de lograr mantener la presencia del ICE en el mercado de las telecomunicaciones. Lo anterior en base a las competencias dadas por la SUTEL. Al cabo de los años, se han acumulado montos de superávit presupuestario que en su mayoría conforman activos líquidos de corto plazo. Como contraparte de los cuales, existen pasivos como créditos o Vinculación de los presupuestos con el resultado fiscal “.
CARENCIAS Y FALENCIAS EN LAS ESTIMACIONES FINANCIERAS, NOTA DEL 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2007
1.- La Tasa de Interés del ICE sobre sus ingresos brutos es reducida con respecto a las empresas de telecomunicaciones en América Latina.
2.- Las empresas de Telecomunicaciones del Mundo logran altos réditos netos de gestión (la demanda es muy inelástica). El ICE no puede hacerlo por su obligación (ya anulada) del servicio al costo; tampoco procura balances o equilibrios tarifarios con los Reguladores, o éstos no acceden a reconocerlos.
3.- El Sector de Energía de un país es altamente prioritario y debe financiarse. En Costa Rica se ha descuidado este aspecto.
4.- Es imposible comparar las estructuras de ingresos y costos de las empresas de telecomunicaciones internacionales con el ICE, debido a la antiguedad de sus normas registrales.
5.- Es urgente definir cuál es el programa de incorporación de más activos a las Redes Eléctricas y de Telecomunicaciones, para aproximar los mercados de bienes financieros, teniendo en cuenta que los Fideicomisos y Titulación succionan más intereses que otras modalidades de apalancamiento.
6.- Urge conocer la disponibilidad de inversión extranjera (en la UE, Japón, India, China, Brasil, o el Banco Mundial).
7.- El ICE no hace uso de la disponibilidad de los métodos informáticos para el manejo financiero y físico de mediano y largo plazo.
8.- El ICE (o su Grupo), no ajusta la afectación que se produce con los rangos inflacionarios del país, especialmente los habidos durante 20 años atrás (de casi un 200%). Nadie podría atreverse a confirmar los saldos de los réditos reales que impactaron el PATRIMONIO SOCIAL con los EE.FF. actuales.
9.- La Entidad (o su Grupo), distribuye dividendos (CNFL y RACSA), y decide nuevas inversiones, con los criterios nominales (y no reales), de la acumulación contable.
10.- Es indispensable re-expresar (volver a presentar) los niveles del pasivo fijo, patrimonio, y costos de operación o costo de ventas, para identificar la posición monetaria neta del Instituto (Capital de Trabajo certificado).
11.- El ICE tiene un procedimiento de revaluación de sus activos. Este método no provee fondos monetarios reales para la expansión de las redes, y se hace sobre saldos de activos obsoletos (i.e. Plantas Hidroeléctricas, Subestaciones y L.T. que ya están amortizadas).
12.- La Organización no ejemplifica permanentemente sus resultados anuales, a través del método de BENCHMARK (y entonces carece de datos sobre los rangos de costos y de ganancia marginal de otras empresas de América Latina para lo que se acostumbra en gestión gerencial).
13.- La Institución no acostumbra presupuestar un rédito de desarrollo, en el espacio de las aplicaciones de fondos contable, opacando en buena parte su autofinanciamiento.
14.- Los incrementos tarifarios que solicitó la Institución a ARESEP, normalmente fueron modificados a la baja (incluyendo el retorno de los costos del uso de combustibles), y es muy difícil que los Reguladores estén anuentes a dar un equilibrio financiero al ICE, para su sostenimiento en el largo plazo (Telecom y Energía); la influencia política en básica.
15.- Parece que no existe claridad EN LAS ALTAS AUTORIDADES DEL PAIS, en cuanto a que las tarifas deben devolver en el tiempo, el costo corriente global (inventarios, operación y mantenimiento, administración, gastos generales, servicio de la deuda, depreciación, y utilidad de mercado).
16.- El ICE carece de una contabilidad o sistema de costeo generalmente aceptado. En consecuencia las Autoridades desconocen los precios y las tarifas de equilibrio, y los verdaderos flujos de pagos anuales que con seguridad pueden proyectarse en el tiempo.
17.- Los funcionarios del ICE, no usan las técnicas financieras de: Valor Actual Neto, Flujos de Caja Descontados, Tasa Interna de Retorno, Costo de Oportunidad de los rendimientos, y Ganancia Marginal de mercado. Estas técnicas son indispensables en las decisiones de negocios en competencia.
18.- Al no disponer de una contabilidad de los costos, el ICE no practica la cuantificación de los COSTOS MEDIOS NI COSTOS MARGINALES de sus servicios. Existe de hecho un subsidio de unas tarifas con respecto a otras, circunstancia desventajosa en términos de mercados en competencia. El ICE (ambos sectores), no especializaron NUNCA una Gerencia Estratégica de los Costos (análisis de variación casi en línea de la cadena productiva).
19.- Actualmente el ICE subsidia la telefonía fija con otros ingresos. El mercado competitivo provocará una contracción de más o menos 250.000 accesos, agregándose otro factor a la reduciendo las ventas por pérdida de mercado.
20.- A diciembre del año 2005, el Sistema de Telecomunicaciones del ICE perdió 25.415 millones de colones. Estas pérdidas son asumidas por otras facturaciones tomadas en conjunto, alterando toda la lógica de costeo.
21.- La Institución debe acudir a los mercados financieros, con la normalización moderna de los registros económicos contables (incorporación de las NICs, NICsSP, NIIFs, o las derivaciones de las interpretaciones del Financial Accounting Standards Board, y las modernas Normas Internacionales de Auditoría). Estos cambios el ICE los pudo hacer en el año 2006, usando las competencias de la Ley 449, después derogada por la 8660.
22.- El ICE no cuenta ni ha tenido VOZ Y VOTO en las decisiones de orden Macroeconómico del país. La escogencia del Banco Central respecto del ICE, fue priorizar las razones fiscales y monetarias del mercado crediticio, para lograr equilibrios en el tipo de cambio, baja inflación, y reducido endeudamiento, desplazando las inversiones en las Redes y el Espectro Radioeléctrico, y lo que es más grave, en los Proyectos de Generación Eléctrica.
23.- La Institución registra arrendamientos financieros como operativos, alterando su realidad financiera y los indicadores de gestión ––este detalle no ha sido estudiado por la Contraloría General––. Este registro usado correctamente, daría otros coeficientes de gestión, principalmente de endeudamiento.
24.- El ICE no tiene en estos tiempos una valoración económica que provenga de comparar su programa de expansión y el programa financiero relacionado. Las causas se encuentran en el Banco Central y el M. de Hacienda.
25.- También la Entidad, subestima la presentación de los pasivos de largo plazo ––registra una cantidad menor que la real––, y la capacidad económica para enfrentarlos.
26.- Hay ausencia de un único programa digital integrado para todos los procesos de contabilidad, presupuesto, y de costeo. Esta falencia impide la formulación de un Plan Tarifario Satisfactorio, dañando la ejecución presupuestaria.
27.- Resultado de no aplicar técnicas financieras actuales, es imposible hacer cálculos de fondos descontados a un costo de capital determinado (costo de oportunidad de los rendimientos) en los registros contables/presupuestarios del ICE. Tampoco existe la posibilidad de compararse en cuanto a la gestión de rentabilidad, con los resultados de América Móvil, Telmex, Telefónica de Latinoamérica, y otros.
28.- Lamentablemente, el ICE no ejecuta cálculos de sus ingresos y egresos, con rentabilidades deseadas, y con los impactos del pago de impuestos (especialmente el Impuesto sobre la renta, y las derivaciones del Impuesto de Ventas y Territorial).
29.- Si la Institución decide hacer estudios financieros, sumará los incrementos de la nueva regulación y el 4% de ley para formar el capital de trabajo del Consejo Sectorial de Telecomunicaciones ––en última instancia, sería el fondo de trabajo de FONATEL ––.
30.- La Entidad no tiene claro que al cobrar su costo real operativo, incluyendo el costo de oportunidad del mercado, los consumidores tendrán un aumento en las tarifas, o una disminución en el ingreso disponible y medio de los consumidores.
31.- La diferencia de tarifas (positiva) con respecto a Centroamérica, incluyendo Panamá, se debe a la filosofía redistributiva del ingreso por la explotación de los servicios que le impuso la legislación vigente al ICE. No necesitó hasta ahora llegar a los costos medios y marginales. Los países al norte de Costa Rica tienen OTRAS circunstancias de mercado (negativas para los consumidores).
32.- El costo de manejo del ICE (overhead y gestión general), llegó al mes de Diciembre del año 2005 a 133.997 millones de colones. Dicho saldo no se distribuye técnicamente entre los Sectores, distorsionando cualquier cálculo tarifario.
33.- Se supone que los ingresos de Telecomunicaciones (rentables), subsidian algunas operaciones en el Sector de Energía. Al emplearse mercados en competencia, este subsidio indirecto no se dará más.
34.- La Entidad no tiene certeza de aproximadamente “cuánto” es la inversión a hacer en el desarrollo de las Redes, conforme a la demanda.
35.- El advenimiento de “un mercado en competencia”, producirá para el consumidor sujeción inamovible a los precios altos de un sistema cuasi-monopólico, que sólo aspiraría por su naturaleza y única pretensión de éxito, a tener las más altas ganancias.
36.- El Balance General de la Entidad, registra a Diciembre del año 2005, la suma de 164.975 millones de colones en títulos valores pertenecientes al Gobierno Central, violando la disposición legal de la época, de que el ICE no financiaría absolutamente al Estado.
37.- Se advirtió al Presidente Ejecutivo del ICE, sobre afirmaciones de AOL-Latino Foros – México que textualmente dice: “Dado que la energía es el motor del actual sistema de producción capitalista, controlar toda la cadena productiva vinculada al sector significa un gran negocio, porque permite reducir costos y sacar más ganancia”.
38.- Con base a lo explicado, pedimos al Presidente Ejecutivo y a la Junta Directiva del ICE, de la Administración 2006-2010, hacer un planteamiento global, comprensible, para que el ciudadano supiera con oportunidad las razones de los cambios y las nuevas orientaciones del Poder Ejecutivo de cita, cuestión que no fue lograda de ninguna manera.
Atentamente,
LIC. ELIAS JOSE LIZANO JARQUÍN
Economista y CPA, UCR y CCPCR.
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